Taxis de Ibagué.
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Alerta Tolima
9 Jun 2020 05:48 AM

¡Ojo taxistas! Así quedó el nuevo pico y placa durante aislamiento preventivo

El parque automotor de la ola amarilla quedó habilitado en un 70%

Entre el gremio de los taxistas de la ciudad de Ibagué y el secretario de Movilidad Cesar Fabian Yáñez, se concluyó habilitar el 70% del parque automotor del gremio con el fin de llegar a un punto de equilibrio tras las protestas protagonizadas la semana anterior por algunos conductores.

La mesa de trabajo que se adelantó en la tarde de este lunes 8 de junio donde estuvieron presentes propietarios, auxiliares y empresas, se acordó aplicar el pico y placa a tres dígitos entre lunes y viernes. Los fines de semana se estableció que se aplicaría los pares e impares. Esta medida aplicará hasta el 30 de junio.

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Según lo indicado por Jairo Rodríguez uno de los voceros de la ola amarilla, en la última semana del mes en curso se reunirán nuevamente para analizar las alternativas que se podrían aplicar para el mes de julio.

“El señor Secretario en busca de un punto de equilibrio propuso un 70%, a lo que estuvimos de acuerdo, pero que en los fines de semana se hiciera pares e impares aplicando los tres dígitos porque los fines de semana está muy pesado el trabajo. Se concluyó eso y así se trabajará hasta el 30 de junio y una semana antes de reunirá de nuevo para conocer las alternativas para el mes de julio”, explicó

Así las cosas, a través de la circular 0023 del 09 de junio, el nuevo pico y placa para el transporte público individual quedo establecido de la siguiente manera:

 

Pico y Placa Taxis en Ibagué
Pico y Placa Taxis en Ibagué
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Es de recordar que todos los vehículos de transporte deberán cumplir con los parámetros de bioseguridad, en el caso de los taxis, las medidas son:

  • Todos los pasajeros deben utilizar tapabocas; quien no cumpla con esta medida no se le podrá prestar el servicio.
  • Se deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el decreto 1000-0306 de 2020 y además se cumplirá con el Protocolo General de Bioseguridad adoptados en la Resolución 677 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social; las Circulares Conjunta 001 y 004 expedidas por los Ministerios de Transporte, trabajo y Salud y Protección Social.
  • Cuando se transporte a una persona que requiera asistencia y cuidado como a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado. podrá ir acompañado con una persona de apoyo, tal y como lo establece el parágrafo 3 del artículo 3 del decreto 749 de 2020.
  • Los conductores solo podrán cobrar la tarifa autorizada mediante decreto 1000-1568 del 27 de diciembre del 2019. Quien incumpla lo preceptuado en este decreto será sancionado de acuerdo a lo establecido en el capítulo 8 sección 1 subsección 10 artículos 2.2.1.8.2 y 2.2.1.8.1.10.2 del decreto 1079 de 2015
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