El Patrullero RCN Neiva
El Patrullero RCN Neiva
Alerta Tolima
19 Oct 2022 10:39 AM

El Patrullero RCN en los colegios de Neiva

César Augusto
Parra Díaz
Se pensiono la profesora y no hay reemplazo

Cuando se dice que la educación es la manera de salir de la ignorancia, no es un sofisma: para entender que la realidad y la razón es la manera de comprensión a todo nuestro universo; es que poder entender que la educación es el antídoto a esa ignorancia, que es aprovechada por aquellos que buscan aprovecharse de la ignorancia de las personas.

Nuestro patrullero de RCN Neiva, visito la institución educativa “Luis Ignacio Andrade”, de la sede Reinado Matiz; en donde la falta de planificación no ha permitido que los niños de primer año puedan estudiar, pues la profesora que tenían se pensiono y son 21 niños perjudicados.

Institución educativa “Luis Ignacio Andrade”, de la sede Reinado Matiz
Edwin Plaza

Ahondado la situación de esta institución educativa la seguridad no existe, pues no tiene guarda de seguridad y los amigos de lo ajeno; ya lo han visitado dos veces, asimismo le solicitan a la rectora Amanda Bermeo Carvajal para que gestione la profesora, para que lo niños puedan seguir educándose.

Otro factor que presenta riesgo es el flujo vehicular y de motos que pasan a altas velocidades y por lo tanto las personas solicitan reductores de velocidad; para evitar que en algún momento se presente un accidente donde se llegue afectar la vida de los menores.

El sector del barrio las granjas es un barrio tradicional y por lo tanto la seguridad no es la mejor son constante los raponazos y el hurto a las personas es permanente la Policia le falta más presencia y así evitar que se presente hurtos en este sector.

Debemos recordar a quienes les corresponde generar las herramientas para que los niños, jóvenes estudien, así lo determina la Constitución Política de Colombia, la pregunta, se cumple o No. 

Pero que dice la Constitución Colombia:

Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.

Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formara al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.

Ahora bien, que sucede con el Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.
La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. 

Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

Fuente
Sistema Integrado de Información