Poda Yuruparí de Ibagué
Poda Yuruparí de Ibagué
Cortolima
10 Ene 2023 12:40 PM

Proceso sancionatorio tras poda antitécnica en condominio Yuruparí de Ibagué

Valentina
Cortés Castillo
Cortolima había dado el permiso de poda selectiva de ramas sobre estructura (techo de la vivienda), pero solo autorizó la poda del 20%

El pasado 17 de noviembre, Cortolima atendiendo solicitud radicada No.6116, autorizó la poda selectiva de ramas sobre estructura (es decir, que afectaban el techo de una vivienda) de 3 árboles de especie Caracolí ( Anacardium excelsum ) y 1 árbol de la especie Bilibil ( Guarea guidonia ) en el Condominio Yuriparí en Ibagué, pero a inicios del mes de enero del presente año, Cortolima, atendiendo el llamado de denuncias por un presunto caso de arboricidio, verificó que hubo una infracción ambiental dado que no se cumplieron las condiciones establecidas para la poda autorizada.

¿Qué incumplieron?

 La poda debía ser: de ramas sobre estructuras, sin superar el 20% del total de la copa, la cual debía hacerse de manera técnica, sin descompensar la copa del árbol, con cortes limpios sin desgarros, además de la aplicación de cicatrizante a los cortes realizados para evitar pudriciones posteriores. Sin embargo, al realizar la visita se evidenció que esto no se cumplió.

¿Por qué Cortolima abrió proceso sancionatorio?

Gracias a la oportuna visita de Cortolima, se evidenció que en dos de los cuatro árboles (de aproximadamente 20 metros de altura) se evidenció: “la eliminación antitécnica de aproximadamente 13 ramas no ubicadas sobre estructuras, desprendimiento de la corteza en algunos cortes del árbol sin aplicar ningún tipo de cicatrizante a los cortes realizados,  estableciendo que el porcentaje de la poda es mucho mayor al 20% del total otorgado, viéndose descompensada la copa del árbol”, como lo indica el informe de Cortolima.

Es por esto que se constituyen elementos suficientes para dar inicio a proceso administrativo sancionatorio ambiental a la Administración del Condominio Yuruparí, como presunto responsable de estas acciones, conforme lo esboza la Ley 1333 de 2009.

Fuente
Alerta Tolima