El toque de queda se mantendrá y regirá a partir de las 3 pm hasta las 5 am con algunas restricciones
El toque de queda se mantendrá y regirá a partir de las 3 pm hasta las 5 am con algunas restricciones
Alerta Tolima
12 Mayo 2020 12:53 PM

Alcaldía de Cajamarca adoptó medidas para nueva cuarentena

Fredy Geovanni
Prieto Serrano
El toque de queda se mantendrá y regirá a partir de las 3 pm hasta las 5 am con algunas restricciones.

De acuerdo al decreto 056 que prorroga el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 25 de mayo de 2020, la Alcaldía de Cajamarca adoptó las siguientes medidas que serán de obligatorio cumplimiento en todo el municipio:

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-Continuará el aislamiento preventivo obligatorio las 24 horas hasta el 31 de mayo, para los mayores de 70 años y menores de 18 años.

- Se permitirá la salida de los menores de 6 a 17 años, 3 días a la semana así: martes y miércoles: 2 pm a 2:30 pm. Jueves: 10 am a 10:30 am.

- Los menores deberán salir en compañía únicamente de un adulto responsable utilizando las medidas preventivas como lo son; el uso de tapabocas y evitando aglomeraciones.

- El toque de queda se mantendrá y regirá a partir de las 3 pm hasta las 5 am con algunas restricciones.

- Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en todo el municipio.

- Continuará la restricción del ingreso de personas no residentes en el municipio, los casos excepcionales deberán reportarse a la Secretaría de Salud y entrar en cuarentena obligatoria.

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- El uso de tapabocas será obligatorio en todo el municipio.

- Los domiciliarios de alimentos podrán funcionar después del toque de queda hasta las 8 pm con previo permiso de Inspección de la Policía y cumpliendo con las normas de bioseguridad.

- Las personas o empresas cuyo objeto social sea el de la construcción, para poder operar, deberán cumplir con el protocolo de bioseguridad realizado y socializado con la Alcaldía Municipal.

- Continuará prohibido el parrillero en motocicleta en el municipio con algunas excepciones en casos de emergencia.

- Los establecimientos de comercio cuyo objeto social NO sea la venta de bebidas embriagantes podrán operar, siempre y cuando implementen barreras para restringir el ingreso y eviten las aglomeraciones.