Pico y placa para motos.
Pico y placa para motos.
RCN Radio
12 Mayo 2020 12:34 PM

Hasta que no de luz verde el Ministerio del Interior ninguna medida se podrá implementar

Continuará las restricciones de pico y placa para motos hasta que no haya un pronunciamiento oficial que levante la medida

Aunque el borrador del decreto con las nuevas medidas para la cuarentena umbralizada en Ibagué fue enviado el pasado 10 de mayo al Ministerio del Interior, a la fecha aún no han dado luz verde para aplicar las mismas en la capital del departamento.

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Por lo tanto, las restricciones como pico y placa para motos la cual se había anunciado se levantarían, continuará hasta tanto no se firme el Decreto por parte del Gobierno Nacional, así las cosas, se continua también con la restricción de pico y cedula para el abastecimiento de alimentos o diligencias personales.

El director jurídico de la Administración Municipal, Andrés Bedoya, hizo un llamado a la ciudadanía para que se acojan a las medidas que aun siguen vigentes.

Es de resaltar que en cuando el Ministerio del Interior apruebe el borrador, las nuevas medidas serán:

  1. El toque de queda se mantendrá de domingo a domingo, de 8:00 p.m. a 5:00 a.m.
  2. Niños mayores de 6 años podrán salir a realizar actividad física máximo tres veces a la semana durante media hora en el día, con acompañamiento de un adulto.
  3. Se levanta la restricción de pico y placa para motocicletas.
  4. El Terminal de Transporte funcionará cumpliendo estrictos protocolos de bioseguridad. La compra de tiquetes sólo podrá hacerse a través de líneas telefónicas o plataformas digitales.
  5. Se permitirán las mudanzas y/o trasteos en eventos de fuerza mayor o casos fortuitos; esta actividad no necesitará permiso del Gobierno Municipal, pero se exigirá portar la documentación que demuestre su mudanza:
  • Cuando deba mudarse a su nueva propiedad
  • Cuando necesite vivir con sus seres queridos para cuidarlos
  • Cuando no tenga alternativas que garanticen vivienda digna
  • Cuando finalizó su contrato de arrendamiento
  • Cuando se suspendan actividades en locales comerciales
  • Cuando se haya acordado la entrega del inmueble arrendado

6. Se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos, sin embargo, no queda prohibido el expendio de estas bebidas.

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Las medidas que continuarán son:

  • Pico y placa para automóviles
  • Pico y cédula
  • Uso permanente de tapabocas
  • Permanece la restricción de circulación de vehículos para abastecimiento y diligencias personales.