Pico y Placa Ibagué
Ilustrativa
2 Mayo 2020 12:14 PM

Se levanta pico y placa para el sector de la Salud, construcción y manifactura

Solo se podrán movilizar dentro de los horarios de entrada y salida de la jornada laboral.

Mediante el Decreto 1000-0277 del 02 de mayo del 2020, el Ministerio del Interior autorizó a la Administración Municipal realizar modificaciones en la restricción de las medidas para el sector de la salud, construcción y manifactura.

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Así las cosas, a partir del lunes 4 de mayo cuando se levante el toque de queda permanente, los ibaguereños que laboren en los sectores anteriormente mencionados, podrán circular libremente en sus propios vehículos sea motocicleta o vehículo particular.

De acuerdo a Andrés Bedoya, jefe jurídico de la Alcaldía de Ibagué, estas personas podrán movilizarse solo en los horarios de entrada y salida de sus empresas portando el respectivo carnet entregado por la empresa a la cual pertenezcan.

Los profesionales de la salud y cada uno de los que trabajen en esta área, si podrán movilizarse libremente durante los fines de semana del toque de queda.

"En este decreto analizado en mesa técnica por la Alcaldía con el apoyo del Ministerio del Interior se tiene una novedad particular y es que se levanta la medida de pico y placa para vehículos de aquellas personas que pertenecen al sector salud, construcción y manufactura", explicó Bedoya.

Agregando que esta autorización aplica solo para estos tres sectores, los demás deberán cumplir con la medida para moto y carro, respectivamente

Otros de los cambios de las medidas restrictivas esta en los horarios laborales, quedado establecidos así:

Manufactura:

  • Turno 1 de 8 horas: 7:00 am a 3:00 pm
  • Dos turnos de 6 horas: 6:00 am a 1:00 pm y de 2:00 pm a 7:00 pm

Y, se implementará tres turnos rotativos de:

  1. 5:45 am a 1:45 pm
  2. 2:00 pm a 9:45 pm
  3. 10:00 pm a 5:30 am

Las empresas que presenten en el protocolo un horario diferente al establecido en el presente artículo, deberán garantizar un plan de movilidad de sus trabajadores en el que se informe de manera previa las placas de los vehículos particulares en los cuales se desplazarán y a los vehículos que disponga la empresa para tal fin.

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Los turnos de que trata el presente decreto no aplicarán durante el periodo de toque de queda.

En lo que respecta al área de la construcción, los horarios se establecieron de lunes a viernes de 7:00 de la mañana a 7:00 de la noche. Sábados de 7:00 de la mañana a 12:00 del mediodía. (este horario del fin de semana no aplica durante los toques de queda permanente).