La medida entraría a regir una vez expedido el decreto del nuevo pico y placa en Ibagué
La medida entraría a regir una vez expedido el decreto del nuevo pico y placa en Ibagué
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13 Mayo 2020 11:08 AM

A partir de hoy no habrá pico y placa para motos en Ibagué

Finalmente el Ministerio del Interior aprobó el levantamiento de la restricción en la ciudad

De acuerdo al artículo décimo sexto del Decreto 1000-0286 del 12 de mayo del 2020, el Ministerio del Interior dio luz verde para que la Alcaldía de Ibagué a través de la Secretaría de Movilidad levantará la restricción de pico y placa para motos en la ciudad de Ibagué.

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“Se prohibirá el parrillero salvo en los casos que se trate de las personas que se movilicen en desarrollo de las actividades del sector salud, construcción y manufactura, continuarán exceptuadas de la presente restricción y podrán ocupar toda la capacidad de pasajeros permitida por la licencia de tránsito del correspondiente vehículo siempre que esté en propiedad de uno de aquellos y deban desplazarse a la misma empresa u obra para cumplir el mismo turno”.

De acuerdo al Decreto, no habrá modificación en el pico y placa para vehículos particulares, continuando esta restricción en el horario de 7 de la mañana a 7 de la noche, aplicando las mismas excepciones que se mencionan anteriormente.

Es de recordar que en la capital del Tolima existe un parque automotor de aproximadamente 30 mil motociclistas.

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Terminal de Transporte 

Dentro del nuevo Decreto se establecieron otras medidas como la movilización intermunicipal y la venta de tiquetes en el Terminal de Transporte solo a través de plataformas digitales o teléfono.

Artículo cuarto: Transporte intermunicipal: El servicio de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera intermunicipal, durante el periodo de aislamiento preventivo, podrá circular por las vías municipales del perímetro urbano.

Así las cosas, la terminar de transportes de la ciudad prestará el servicio durante el tiempo que dure el aislamiento cumpliendo con los protocolos de bioseguridad.

Con relación a la venta de tiquetes, en el párrafo segundo del artículo dice que, la compraventa de tiquetes deberá hacerse por medios electrónicos y/o a través de líneas telefónicas, con el de evitar la aglomeración en la taquilla.