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Antonio París - Imagen de archivo
23 Mar 2017 12:18 PM

LA LEY DE JUBILEO: OPORTUNISMO ELECTORAL?

Alerta
Tolima

En días pasados se anunció la visita de su santidad el Papa Francisco a nuestro país  y obviamente no se hicieron esperar las reacciones a nivel político – electoral al respecto.

Lo anterior lo digo por los cacareados proyectos de ley que a la fecha se han radicado, en primer lugar el P.L 215 de 2017 presentado por los inefables senadores Roy Barreras Montealegre y Armando Benedetti Villaneda, luego el gobierno nacional a través del ministro de justicia Dr. Enrique Gil Botero radicó el proyecto de ley que le correspondió el no. 216 y finalmente el ex presidente del congreso Juan Manuel Corzo Román de la colectividad azul hizo lo propio y a su proyecto le correspondió el No. 218, faltando aun conocer el anunciado proyecto que radicara el Centro Democrático.

Estos proyectos van dirigidos a que se sancione una ley denominada “JUBILEO” que en palabras sencillas tiene por objeto se otorgue una rebaja de pena a los condenados y/o procesados en virtud de la ya referida visita papal.

Sea lo primero recordar que en Colombia se ha dado este fenómeno normativo en dos oportunidades en virtud la visita de los Papas Pio VI (Ley 60 de 1948) y Juan Pablo II (Ley 48 de 1987), es decir, no es algo ajeno a nuestra legislación.

Los proyectos citados tienen al unísono como fundamento principal el fenómeno del hacinamiento carcelario y las condiciones infrahumanas en que se vive en nuestros centros de reclusión. Hay disparidad en temas como la rebaja a conceder, ámbito temporal, a quienes aplicaría y que delitos quedarían excluidos de tal beneficio.

A  estas iniciativas han salido al corte personajes como el Dr. Néstor Humberto Martínez Neira, fiscal general de la nación, quien de una u otra manera considera no conveniente la sanción de dicha ley, pues a su juicio se daría una “desbandada” de internos a las calles y se daría un mensaje erróneo a la sociedad.

Frente a esta situación tan particular, considero que más sin sabor le ha generado a toda nuestra querida Colombia que unos terroristas, que han asesinado, violado, secuestrado, extorsionado, cometido delitos de lesa humanidad, como van las cosas no paguen un día de cárcel y se queden de manera indefinida de una zonas veredales que según se pactó en la habana, serían transitorias (6 meses) amanecerá y veremos.

Igualmente lo que deben estudiar nuestro padres de la patria y para el caso concreto la comisión asesora en política criminal, es revaluar que conductas deben ser realmente objeto de tipificación  y sanción penal y de una u otra manera reglar de una forma más estricta la imposición de medidas de aseguramiento privativas de libertad (intramural o domiciliaria), pues la restricción de la locomoción es la excepción y no la regla, por fortuna nuestra corte constitucional con  ponencia del  tolimense Dr. Ernesto Vargas silva, con salvamento de voto del Dr. Alberto rojas, en la sentencia c-469 de 2016, avanza positivamente en esta última situación, tema que dará para otra columna.

Finalmente, sin que me oponga al trámite,  el afán legislativo de los citados senadores y del mismo gobierno deja en mi concepto un “tufillo” electoral, pues vale la pena preguntarse si aquellos en tiempos pasados se han ocupado de la problemática social que causa el hacinamiento carcelario o por el contrario caen en el oportunismo teniendo en cuenta la campaña y los comicios a congreso del 11 de marzo de 2018. Queda abierta la discusión.