Para ASOHBAR resulta imposible el cumplimiento de una obligación generada en el contrato de arrendamiento
Para ASOHBAR resulta imposible el cumplimiento de una obligación generada en el contrato de arrendamiento
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1 Abr 2020 07:27 AM

Por COVID-19 dueños de bares y discotecas piden congelar cobros de arrendamiento

Fredy Geovanni
Prieto Serrano
Para ASOHBAR resulta imposible el cumplimiento de una obligación generada en el contrato de arrendamiento

La Asociación Colombiana de profesionales del Entretenimiento, ASOHBAR integrada por comerciantes, personas naturales y jurídicas de todo el territorio nacional que prestan servicios de bares, discotecas, restaurantes, hoteles, gimnasios, tiendas y demás comercios dedicados a actividades de diversión y esparcimiento, mediante comunicado a la opinión pública, manifestaron su delicada situación financiera debido al cierre de sus establecimientos por cuenta de la cuarentena nacional que busca evitar la propagación del Coronavirus COVID-19 en Colombia.

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La asociación en primer lugar expresó al Gobierno Nacional, incondicional apoyo a las medidas adoptadas para contener el COVID-19, que buscan proteger a todos los habitantes del país de los efectos devastadores de tan agresiva pandemia.

Por otra parte señalaron que por efecto de los Decretos expedidos para afrontar la pandemia, los establecimientos de comercio que ofrecen esparcimiento, debieron cerrar sus puertas al público, lo que ha implicado no obtener ningún ingreso para solventar los gastos fijos, entre los cuales está el de arrendamiento de los locales comerciales en la mayoría de los casos.

También afirmaron que cerca del 93% de todos los locales comerciales existentes en Colombia, donde funcionan los establecimientos de comercio dedicados al servicio de esparcimiento, deben sufragar el gasto de arriendo sin estar funcionando.

Por tal razón y ante la grave situación, advirtieron que se ven obligados a recomendar a todos los comerciantes del esparcimiento, la estrategia de negociar con los arrendadores del local comercial, el congelamiento de los pagos, amparados en la grave afectación que ha generado la pandemia, advirtiendo que de no ser posible la concertación con los propietarios de los bienes inmuebles, se puede optar legalmente por una cesación unilateral de pagos como consecuencia de la fuerza mayor y caso fortuito porque tienen conocimiento de la Declaratoria del Gobierno Nacional de un Estado de Emergencia en todo el territorio nacional, conforme al Decreto 417 de marzo 17 de 2020 y el 420 del 20 de marzo de 2020.

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De acuerdo a lo anterior, para ASOHBAR resulta imposible el cumplimiento de una obligación generada en el contrato de arrendamiento, razón por la cual, cualquier acción judicial en contra del arrendatario no prosperaría fácilmente en su contra.

De otro lado la asociación informó a los comerciantes que deseen el formato de solicitud de congelamiento del arriendo, pueden comunicarse con el correo electrónico asobarcolombia@gmail.com