Subsidio de ‘Colombia Mayor’ de Ibagué
Amplían hasta el 15 de junio el plazo para reclamar subsidio de ‘Colombia Mayor’
Suministrada Alcaldía de Ibagué
27 Dic 2020 09:11 AM

Reclame la devolución del IVA para beneficiarios de ‘Colombia Mayor´ en Ibagué

Para cobrar los $75.000 deberán acercarse con la cédula original a los puntos autorizados Efecty. Conozca cuáles son.

Desde la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario de Ibagué, anunciaron que está habilitado desde el mes de diciembre el pago de la compensación del IVA para los priorizados del programa de Protección Social al Adulto Mayor, ‘Colombia Mayor’. 

En total son $75.000 que serán entregados en efectivo y de manera completa, presentando la cédula de ciudadanía original del beneficiario, en los puntos de atención autorizados Efecty de la capital del Tolima.

De acuerdo con la jefe de la dependencia de Desarrollo Social Comunitario, la habilitación del aporte del Gobierno Nacional es desde el 18 de diciembre, pero a la fecha se desconoce hasta donde irá, por tal motivo, extienden la invitación a los beneficiarios para que accedan a ellos cuanto antes.  

 

    “Hasta el momento, no se ha anunciado la fecha límite de cobro, sin embargo, les recomendamos dirigirse lo antes posible a los puntos de pago. Además, es muy importante recordarle que esta ayuda económica no se hace a través de ningún giro a ninguna cuenta bancaria, ni se genera ningún código o pin que llegue al celular del beneficiario”, puntualizó Francy Salazar, secretaria de Desarrollo Social Comunitario Municipal.

    Es de recordar que, la ayuda fue dispuesta este año por el Gobierno Nacional, como apoyo a las familias de menores ingresos, y para aliviar el impacto del impuesto que grava el consumo de productos y servicios de las personas más vulnerables del país.

     

      Recuerde

      Desde esta dependencia municipal también recuerdan la habilitación de una nueva medida de toque de queda así:

      • Desde las 8:00 de la noche del sábado 26 de diciembre hasta las 6:00 de la mañana del domingo 27 de diciembre.
      • Desde las 8:00 de la noche del domingo 27 de diciembre hasta las 6:00 de la mañana del lunes 28 de diciembre.
      • Desde las 8:00 de la noche del lunes 28 de diciembre hasta las 6:00 de la mañana del martes 29 de diciembre.
      • Desde las 8:00 de la noche del martes 29 de diciembre hasta las 6:00 de la mañana del miércoles 30 de diciembre.

      Esta medida no aplica para hoteles y trabajos esenciales como vigilancia, veterinaria, sector salud, supermercados y tiendas, es decir centros de abastecimiento.

      Pico y cédula:

      El pico y cédula es para todas las actividades comerciales y de bienes y servicios, con excepciones de hoteles y restaurantes. Así las cosas, los dígitos en este nuevo decreto no cambiará y seguirán siendo así:

      • Lunes: 0 – 1 – 2 – 3
      • Martes: 4 – 5 – 6 – 7
      • Miércoles: 8 – 9 – 0 – 1
      • Jueves: 2 – 3 – 4 – 5
      • Viernes: 6 – 7 – 8 – 9
      • Sábado: 0 – 1 – 2 – 3 – 4
      • Domingo: 5 – 6 – 7 – 8 – 9
      Fuente
      Alerta Tolima