
Una disputa jurídica enfrenta actualmente a la Iglesia Católica y la Alcaldía de Neiva, por el cobro de cerca de $1.900 millones en concepto de impuesto predial unificado sobre siete predios de propiedad de la Parroquia de La Inmaculada Concepción. La Iglesia interpuso una demanda con el objetivo de anular las resoluciones administrativas que ordenan dicho cobro, argumentando que los predios están destinados exclusivamente al culto religioso y, por tanto, exentos de este tributo según normas nacionales e internacionales vigentes.
La controversia se remonta a resoluciones expedidas por la administración municipal, en las que se requiere a la Iglesia Católica el pago de obligaciones tributarias que, según esta, no deberían existir, en virtud del Concordato entre Colombia y el Vaticano, así como del Decreto 008 de 2025, y del Acuerdo Municipal 013 de 2024, que contempla exenciones específicas para predios religiosos.
Según la Curia Diocesana de Neiva, el cobro vulnera los derechos constitucionales y tratados internacionales suscritos por el Estado colombiano, que reconocen la exención de impuestos a los bienes de la Iglesia Católica destinados exclusivamente al culto.
Por ello, la demanda no solo solicita la nulidad de las resoluciones de cobro, sino también la modificación del estado tributario de los predios, para que queden clasificados como exentos de forma permanente.
Y es que los siete predios en cuestión pertenecen a parroquias y templos que han estado en funcionamiento por décadas en diferentes sectores de Neiva, y según los representantes legales de la Iglesia, no generan ingresos comerciales ni tienen un uso distinto al religioso, lo cual cumpliría con los criterios exigidos por la legislación para acceder a la exención del predial.
Por su parte, el alcalde de Neiva, Germán Casagua, aclaró que “siempre se le ha venido cobrando, siempre se ha establecido, hay una deuda desde hace muchísimo tiempo, entonces por más alcalde no se tiene la autoridad para indicar a quién sí cobrarle y a quién no. Nosotros estamos generando los cobros conforme lo ha venido estableciendo en el estatuto tributario”.
Casagua también se refirió al reciente ajuste parcial al Estatuto Tributario municipal aprobado en 2024, el cual reconoce exenciones para la Iglesia Católica, siempre y cuando los predios cumplan con ciertos criterios, como estar destinados exclusivamente al culto y estar debidamente registrados en la Secretaría de Hacienda bajo esa condición. De acuerdo con el alcalde, será el análisis técnico y jurídico el que determine si los predios en cuestión cumplen con esos requisitos.
“No es un tema personal ni de persecución, esto viene de tiempo atrás y lo que corresponde ahora es esperar el análisis jurídico del caso para que se determine si efectivamente se ajusta a la normatividad vigente”, agregó el Casagua.
La demanda presentada por la Iglesia solicita medidas cautelares que suspendan la exigibilidad de la deuda, mientras se resuelve el fondo del litigio. Además, busca impedir que se generen nuevos cobros o sanciones mientras la situación jurídica no se aclare.
“Si una iglesia de cualquier religión, tiene un bien inmueble y lo utiliza para un establecimiento de comercio, para arrendarlo, pues sobre estos bienes inmuebles deben pagar impuesto predial e inclusiva el impuesto de industria y comercio, ya los que son utilizados exclusivamente para culto no deben pagar”, explicó el secretario de hacienda municipal, Oscar Iván Leiva.
El fallo que surja de esta disputa podría sentar un precedente importante en la relación entre los entes religiosos y los gobiernos locales, en especial sobre los límites de la autonomía tributaria y el respeto a los tratados internacionales suscritos por Colombia.
“Tenemos más de 100 iglesias en nuestro sistema, sin embargo sabemos que deben haber muchas en el marco del desarrollo de toda la ciudad, corregimientos y viviendas, unas registradas y otras no, las que tributan al municipio son las que están registradas”, finalizó el secretario.