6 Ene 2018 09:13 AM

Río Guarinó estableció su Plan de Ordenamiento y Manejo de Cuenca Hidrográfica

Alerta
Tolima

Un buen manejo de los recursos naturales renovables tendrá la cuenca del río Guarinó, tras ser establecido su Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca Hidrográfica, mediante las resoluciones 4277 expedida el 21 de diciembre del 2017 por Cortolima y 3724 del 26 de diciembre del año inmediatamente anterior por parte de Corpocaldas.

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La formulación de este instrumento de planeación se logra gracias al trabajo articulado entre las Corporaciones Autónomas Regionales del Tolima y Caldas, donde fue necesario adelantar varias fases del proceso de ordenación correspondientes a: aprestamiento, diagnóstico ambiental, prospectiva, zonificación y formulación, disponiendo con esto los escenarios de inclusión de la población en general, a fin de que ellos pudieran expresar sus expectativas frente a este plan.

Este POMCA-, al igual que los que ya existen, está compuesto por programas y proyectos enfocados hacia la conservación de los recursos naturales orientados a un desarrollo social y económico sostenible; al tiempo que posibiliten que entes públicos y privados se unan en el desarrollo de actividades en pro de los recursos naturales (agua, suelo, aire, flora y fauna) existentes en la cuenca.

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Es de recordar que las aguas del Río Guarinó recorren los municipios de Marquetalia, Marulanda, Manzanares, Victoria y la Dorada en territorio Caldense, mientras que dentro de la jurisdicción del Tolima el afluente hídrico está presente en localidades del norte del departamento como son Herveo, Fresno, Mariquita y Honda.

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Al momento de finalización de la fase de formulación, las entidades ambientales comunicaron por diferentes medios la disponibilidad del Plan de Ordenación Y Manejo de la Cuenca Hidrográfica del rio Guarinó, a fin de que los interesados presentaran las recomendaciones y observaciones, que luego fueron estudiadas para adoptar las medidas que fueran necesarias.

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El POMCAS se estableció para un periodo de 12 años en los que Cortolima y Corpocaldas realizarán anualmente seguimiento y evaluación para verificar la adecuada implementación de este.

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Las corporaciones autónomas regionales se permiten emitir estas resoluciones amparadas en la Ley 99 de 1993, artículo 31, numeral 18, que fija como función de estas “Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales”.

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Cortolima y Corpocaldas se encuentran comprometidos con la implementación de los POMCAS en busca de que las próximas generaciones puedan disfrutar de un ambiente sano, señalo Carlos Mora, Subdirector de Planeación y Gestión Tecnológica de Cortolima.

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