Elección de Juntas de Acción Comunal en Ibagué 2021
Suministrada Alcaldía de Ibagué
18 Mar 2021 02:53 PM

No hay elecciones de JAC, pero sí del Tribunal de Garantías en Ibagué

Juan Vicente
Reyes
Los sectores interesados en el proceso deben elegir a los representantes y llevar la documentación a la Secretaría de Gobierno.

En diálogo con La Cariñosa 1.420 AM el director de Cultura Ciudadana de la Secretaría de Gobierno de Ibagué, Nicolás Alvarado, reiteró que está suspendido todavía el proceso de convocatoria para elegir a los representantes de las Juntas de Acción Comunal, hasta que la nueva fecha sea impuesta por el Ministerio del Interior, quien está a cargo de esta decisión.

Así mismo indicó el funcionario, que está activo el proceso de elección del Tribunal de Garantías en las comunas.

"Quiero decirles que la resolución 337 efectivamente suspende la elección de las Juntas de Acción Comunal pero no suspende la conformación del Tribunal de Garantías. Recordemos que este proceso se cumple 15 días hábiles antes de la elección de la JAC y como las juntas ya habían convocado, muchos ya tienen este Tribunal, otros no por eso invitamos a que lo hagan", explicó Nicolás Alvarado, director de Cultura Ciudadana. 

En total, son tres personas las que se eligen para conformar el Tribunal de Garantías. 

Capacitaciones JAC 

Con respecto a las capacitaciones para ser elegidos en las Juntas de Acción Comunal detalló Nicolás Alvarado, que fueron cerca de 800 personas estuvieron en las jornadas por todas las comunas y corregimientos de la capital del Tolima donde se les entregó un kit electoral integrado por tarjetones y afiche del paso a paso para la votación."

Aquí ratificamos que las juntas de acciones comunales no gastaron ni un peso en la papelería, todo fue dispuesto por la Alcaldía de Ibagué", contó.

¿Qué dice la resolución del Ministerio del Interior?

La resolución número 0337 firmada por Daniel Andrés Palacios Martínez, ministro del Interior, estableció que:

Suspensión de las elecciones de directivos y dignatarios de los organismos de acción comunal, hasta tanto se supere la situación de emergencia sanitaria por Covid-19.

El período de quienes resulten elegidos una vez sean elegidos de directivos y dignatarios de los organismos de acción comunal, será previsto por el artículo 30 de la ley 743 del 2002, decir por un periodo de 4 años.

La presente resolución (anexada a esta nota) rige a partir de la fecha de su explicación (12 de marzo de 2021) y deroga la resolución número 565 del 26 de mayo de 2020.

Dato

Los sectores que quieran apoyo de la Secretaría de Gobierno pueden comunicarse al número 3043362647 para programar las visitas y capacitaciones a los barrios.

Fuente
Alerta Tolima