El Espinal 567 casos de personas infectadas por el virus
El Espinal 567 casos de personas infectadas por el virus
Alerta Tolima
2 Jul 2020 01:09 PM

El Espinal extiende y endurece medidas de bioseguridad por pandemia Covid-19

Fredy Geovanni
Prieto Serrano
El Espinal 567 casos de personas infectadas por el virus.

Teniendo en cuenta la delicada situación que atraviesa el municipio de El Espinal por cuenta del foco de Coronavirus que se presenta en la cárcel y los 567 casos de personas infectadas por el virus, mediante el Decreto118, la Alcaldía extiende las medidas de aislamiento preventivo obligatorio hasta las doce de la noche del próximo 15 de julio y establece otras restricciones en materia de pico y género, movilidad y jornada del día sin IVA en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

Leer: Diputado Carlos Reyes exige resultados del Laboratorio de Salud Pública en medio de la pandemia

En primer lugar se establecen horarios mediante el pico y género, para realizar las actividades de adquisición de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, aseó, limpieza, mercancías de ordinario consumo y desplazamiento a servicios bancarios, financieros, operadores de pago en la población será, de la siguiente:

Hombres los lunes, miércoles, viernes y domingo, exceptuando el 3 de julio día sin IVA, de 7:00 de la mañana a 7:00 de la noche.

Mujeres, martes, jueves, sábado y domingo de 7:00 de la mañana a 7:00 de la noche.

Por su parte este viernes 3 de julio día sin IVA, los hombres podrán salir de 7:00 de la mañana a 1:00 de la tarde y las mujeres de 2:00 de la tarde a 8:00 de la noche.

Del mismo modo en los horarios no consagrados para el día sin IVA, existirá restricción total de movilización y suministro presencial de bienes y servicios a los habitantes del municipio de El Espinal.

También: Se instalará puesto de mando unificado durante jornada sin IVA

Esto quiere decir que para la adquisición de bienes de primera necesidad alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseó, limpieza, y mercancías de ordinario consumo en los horarios por fuera de los establecidos, los establecimientos comerciales podrán establecer el servicio de comercialización de sus productos mediante plataformas de comercio electrónico, telefónico para entrega a domicilio.

Con el fin de evitar aglomeraciones el día 3 de Julio, el horario de funcionamiento de los establecimientos comerciales será hasta las 8:00 pm.

Se deberá establecer en las actividades de adquisición de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población y desplazamiento a servidos bancarios, financieros, de operadores de pago, y a servicios notariales atención por turnos que garantice que no haya aglomeraciones y un distanciamiento de mínimo dos (2) metros, entre persona y persona.

Para tal fin cada establecimiento de comercio deberá demarcar en el piso externo las distancias mínimas entre compradores, las cuales no podrán ser menor a lo determinado en el decreto. Todos los usuarios deberán utilizar tapabocas.

Por su parte no se establecerán medidas restrictivas al transporte Particular en el municipio de El Espinal. Para el servicio Publico Taxi se establecerá restricción los días pares hábiles del calendario los vehículos cuya placa termine en dígito par, incluido el número cero, y en los días impares hábiles del calendario, se restringirá la circulación de los vehículos cuya placa termine en dígito impar. El día 3 de julio no habrá restricción para servicio público.

En cuanto al horario de funcionamiento de bancos y locales comerciales, las entidades bancarias deberán ajustaran el horario de servicio a los usuarios en jornada continua que será de 8:00 am a 2:00 pm, y solo se podrá atender las personas del respectivo genero autorizado para ese día. Los establecimientos comerciales autorizados, ajustaran sus horarios de ventas presenciales de 7:00 am a 7:00 pm.

Además: Diputado Restrepo denunció presuntas pruebas rápidas Covid-19 no autorizadas que compró la Gobernación

Por último se mantendrán los permisos para desarrollar actividades físicas individuales al aire libre de la siguiente manera:

1. Las personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 10:00 a.m., en un lapso no superior a dos horas diarias.

2. Mayores de 70 años, tres (3) veces a la semana, en el horario comprendido entre las 9:00 a.m. y las 9:30 a.m. máximo media hora al día.

3. Los niños y adolescentes mayores de 6 años y menores de 18 años podrán desarrollar la actividad (3) veces a la semana, una hora al día y deberán estar acompañados de un cuidador que esté en el rango de edad de 18 a 59 años. El horario será de 8:00 am a 11:00 am o de 2:00 pm a 5:00 pm

Las prácticas permitidas son: caminar, correr, trotar y montar en bicicleta, no en la modalidad de alto rendimiento, solo a nivel recreativo y en un radio de un kilómetro del domicilio.