El ente de control calificó la falta como grave cometida con culpa gravísima
El ente de control calificó la falta como grave cometida con culpa gravísima
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10 Mar 2020 07:18 AM

Audiencia disciplinaria en la Procuraduría contra ex alcalde de Prado Francisco Godoy

Fredy Geovanni
Prieto Serrano
El ente de control calificó la falta como grave cometida con culpa gravísima.

Para hoy a las 4 de la tarde está programada en la Procuraduría Provincial de Chaparral, audiencia disciplinaria en contra del ex alcalde de Prado Tolima, Francisco Antonio Godoy Guzmán, por presuntas irregularidades en la contratación de una obra, para reponer un tramo del sistema de alcantarillado del municipio.

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De acuerdo a las investigaciones realizadas por la Procuraduría General, al parecer el proceso de selección habría sido revocada por el ex mandatario sin solicitar el consentimiento previo de los oferentes, argumentando que tras verificar la experiencia como requisito habilitante, se exigió acreditación en la construcción de colectores de aguas residuales, actividad no contemplada en las especificaciones técnicas que se debían ejecutar en el objeto contractual.

Otra de las inconsistencias encontradas por el organismo de control disciplinario, tiene que ver con el requerimiento exigido de un contrato celebrado con una entidad pública y ejecutado en el último año, por un valor igual o superior a $1.100’000.000 de pesos, solicitud desproporcionada teniendo en cuenta que el presupuesto oficial del proceso de contratación ascendió a $130’000.000 de pesos.

Para la Procuraduría, el implicado podría haber actuado en contravía de los lineamientos de Colombia Compra Eficiente, y vulnerado la Ley 1437 de 2011 que señala en su artículo 97 que “salvo las excepciones establecidas en la ley, cuando un acto administrativo (…) haya creado o modificado una situación jurídica de carácter particular y concreto o reconocido un derecho de igual categoría, no podrá ser revocado sin el consentimiento previo, expreso y escrito del respectivo titular”.

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El ente de control calificó la falta como grave cometida con culpa gravísima, al considerar que el implicado habría podido vulnerar derechos de los oferentes, quienes tienen una expectativa legítima de que sus ofertas sean tenidas en cuenta, y de no ser así, podrían acudir a demandas que posiblemente afectarían el patrimonio público. El exfuncionario podrá solicitar o aportar las pruebas que estime pertinentes para su defensa.