Epa Colombia
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28 Nov 2019 03:30 PM

EPA Colombia, a imputación de cargos por actos vandálicos durante marchas

Mauricio
Collazos
La Fiscalía desistió en su intención de pedir orden de captura contra esta mujer, luego de la negativa de los jueces.

La Fiscalía General de la Nación pidió al centro de servicio judiciales de Paloquemao audiencia para imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento contra Daneidy Barrera, la influencer conocida como 'Epa Colombia'.

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La solicitud se hace luego que Barrera publicara un video en el que aparece destruyendo con un martillo y cometiendo actos vandálicos en una estación de Transmilenio, durante las protestas que se adelantaron el pasado viernes en Bogotá.

Los fiscales a cargo del proceso le formularán cargos a la ‘Epa Colombia’ como supuesta autora de los delitos de falsedad en documento privado, obstrucción en vía pública, daño en bien ajeno e instigación para delinquir con fines terroristas.

En la grabación se ve cómo ella rompe las ventanas de una estación, una caja registradora y varios elementos que están en la estación, según ella, para protestar contra el Gobierno.

Este video, de 42 segundos, es la prueba con la cual quedan en evidencia los actos vandálicos cometidos por Barrera durante las manifestaciones.

En una primera instancia, una juez de Bogotá negó la petición de la Fiscalía de emitir una orden de captura contra Daneidy Barrera al considerar, entre otros aspectos, que está influencer no constituía un peligro para la sociedad y no existían suficientes  elementos para la comisión del delito de instigación para delinquir con fines terroristas.

Según el exdirector del sistema penal acusatorio de la Fiscalía, Camilo Burbano, en este caso legalmente sólo procedería una imputación de cargos por el delito de daño en bien ajeno agravado.

“En primer lugar resulta dudoso que estemos frente a un delito de instigación para delinquir y el otro delito, que claramente se configura, es daño en bien ajeno agravado. Tiene una pena que no es muy alta”, dijo Burbano.

De acuerdo con el jurista, el delito de daño en bien ajeno agravado conllevaba una eventual condena que oscila entre un año y cuatro meses de prisión hasta los diez años de cárcel.

A su turno, el abogado Francisco Bernate aseguró que la ley colombiana es clara que la privación de la libertad de una persona esta sujeta a una serie de condiciones en donde realmente su imposición se hace justa y necesaria.

“En Colombia la captura debe ser excepcional y atender a una fines de urgencia, de necesidad y proporcionalidad”, agregó Bernate.

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"Mientras algunos estaban saqueando los negocios que pueden ser de su mamá, de su papá o de algún familiar, yo estaba destruyendo lo que era del Estado, sé que tampoco está bien hecho pero es una de las formas en las que el pueblo se puede manifestar sin pasar desapercibido", señaló Daneidy Barrera en el video que grabó mientas cometía los actos vandálicos.