Valla publicitaria
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27 Ene 2022 07:28 AM

Empezó regulación de la publicidad política en Ibagué

Cada partido tiene derecho instalar 30 vallas publicitarias, 30 pasacalles y 40 pendones.

A través del decreto 0934 de 2021, la Secretaría de Gobierno de Ibagué entregó lineamientos de cómo debe usarse el espacio público para la instalación de la publicidad política que servirá a cada partido o movimiento de la ciudad de cara a las elecciones del Congreso de la República a realizarse el 13 de marzo de 2022. En dicho documento, también se explican los pro y los contra de los procesos que realice cada candidato o grupo significativo.

De acuerdo con Juan Diego Prada, director de Espacio Público y Control Urbano, desde la Secretaría de Gobierno se hará el control y vigilancia de todas las actividades relacionadas a la ejecución de publicidad electoral, en compañía de la Policía Metropolitana de Ibagué y de la Misión de Observación Electoral -MOE-. 

“En un trabajo conjunto con la Secretaría de Gobierno y los entes de seguridad queremos velar por el cumplimiento de las normas establecidas en este documento”, sostuvo el director de Espacio Público, quien agregó, que este tipo de elemento deben ser retirados en un periodo de 48 horas o en su defecto, dos días antes de la votación. 

 

 

¿Dónde se puede instalar la publicidad?

El decreto determina que es prohibida la instalación de elementos de publicidad en los siguientes lugares de la ciudad: 

  • Áreas que constituyan espacio público.
  • Zonas históricas, entidades públicas o inmuebles privados donde funcionan oficinas públicas.
  • Propiedad privada sin consentimiento del propietario o poseedor.
  • Sobre postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, puentes peatonales y vehiculares, torres eléctricas, cajas telefónicas, parques, plazoletas y demás bienes de uso público.
  • Viaducto del Sena.
  • Glorieta de Mirolindo
  • Sector de la calle Sexta hasta la 19 y entre carreras Primera y Octava
  • Intersección vial glorieta del Éxito.

 

 

 

De igual manera, para los medios de comunicación se tendrán las siguientes condiciones: 

  • Hasta 70 cuñas radiales diarios, cada una de máximo 30 segundos 
  • Hasta cinco avisos diarios máximo del tamaño de una página por cada edición en medios impresos. 

 

¿Qué tanta publicidad se puede usar?

El documento oficial cita unas restricciones por partido y/o movimiento político de la siguiente manera:

  • Instalar un máximo de 30 vallas publicitarias de un área de hasta 48 M 2.
  • se permitirá un máximo de 30 pasacalles.
  • Tiene derecho a 40 pendones.

 

 

La dirección de Espacio Público estará encargada de otorgar los permisos para la fijación de las vallas que establece el documento. También, el sorteo de asignación de las zonas de espacio público solicitadas por los interesados”, añadió Juan Diego Prada. 

Frente a las multas, recordó el jefe de la Dirección de Espacio Público que los partidos y/o grupos políticos que incumplan la normatividad serán acreedores a multas contempladas en la Ley 1801 de 2016 del Código de Policía. 

Fuente
Alerta Tolima