Paro taxis Ibagué
Alerta Tolima
10 Jul 2020 08:02 PM

¡Atención! taxistas, hubo cambios en el pico y placa para este fin de semana

Durante el sábado y domingo se habilitará el 50% del parque automotor

A través de la circular 028 del 10 de julio del 2020, la secretaría de Movilidad realizó modificación del pico y placa para este fin de semana, es decir, durante los días 11 y 12 de julio en el transporte púbico individual.

Lo anterior, luego de haberse adelantado una mesa de trabajo con los representantes del gremio transportador, en la que se acordó el cambio del pico y placa para este fin de semana quedando de la siguiente manera:

  • sábado 11 de julio: 1-3-5-7-9
  • Domingo 12 de julio: 2-4-6-8-0

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"Queremos informar a los conductores de taxi que la modificación será únicamente para este fin de semana, las demás disposiciones establecidas en la Circular 026 del 30 de junio continúan vigentes en la ciudad", señaló César Fabián Yáñez, jefe de la cartera.

Es de resaltar que durante los siguientes días el pico y placa continuará como se había establecido en la circular anterior

  • 13 de julio:      6-7-8
  • 14 de julio:      9-0-1
  • 15 de julio:      2-3-4

Las medidas de bioseguridad que se han tenido contempladas para salvaguardar a los conductores y usuarios continuaron siendo:

Todos los pasajeros deben utilizar tapabocas; quien no cumpla con esta medida no se le podrá prestar el servicio.

Se deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el decreto 1000-0306 de 2020 y además se cumplirá con el Protocolo General de Bioseguridad adoptados en la Resolución 677 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social; las Circulares Conjunta 001 y 004 expedidas por los Ministerios de Transporte, trabajo y Salud y Protección Social.

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Cuando se transporte a una persona que requiera asistencia y cuidado como a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado. podrá ir acompañado con una persona de apoyo, tal y como lo establece el parágrafo 3 del artículo 3 del decreto 749 de 2020.

Los conductores solo podrán cobrar la tarifa autorizada mediante decreto 1000-1568 del 27 de diciembre del 2019. Quien incumpla lo preceptuado en este decreto será sancionado de acuerdo a lo establecido en el capítulo 8 sección 1 subsección 10 artículos 2.2.1.8.2 y 2.2.1.8.1.10.2 del decreto 1079 de 2015