CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Colprensa
19 Feb 2021 06:16 PM

Por ser pobres, padres perdieron a sus hija

La Corte Suprema de Justicia ordenó al Icbf devolverla a sus padres biológicos

La Corte Suprema de Justicia falló a favor de una pareja de bajos recursos que perdió a su hija después de que fuera dada en adopción por el Estado al ingresarla al programa.

La pareja aseguró que les quitaron su hija por ser pobres, pues señalaron que debido a su situación económica no pudieron terminar su bachillerato, lo cual les impidió aún más tener más oportunidades laborales.

La mujer trabaja por días en una casa de familia y su pareja en las labores de la construcción como maestro de obra.

Sin embargo entre las razones por las cuales el Estado tomó esa decisión de separarlos de su hija, fue porque la menor presentaba bajo peso, por lo cual se había advertido que el posible riesgo de muerte “de continuar en el estado de desnutrición y no garantizar una alimentación adecuada”.

La Comisaria de Familia de Arcabuco abrió una investigación de restablecimiento de derechos y se impuso a la familia la condición de adecuar las condiciones de vida de la menor.

Pero un mes después “la Comisaría cambió la medida de ubicación familiar por la de colocación en hogar de paso, momento a partir del cual la niña fue ingresada por urgencias al Hospital de Sogamoso”.

 

Los padres interpusieron una tutela en la cual aseguraron que el Estado “de forma arbitraria” los separó de su hija y que en el “trámite de restablecimiento de derechos, de forma paulatina, les restringieron la posibilidad de verla hasta que finalmente nunca más les permitieron compartir con ella”.

Su caso llegó a la Corte Suprema de Justicia que concluyó que las decisiones del Estado si fueron arbitrarias y no se agotaron todas las opciones para preservar la unidad familiar y “posibilitar el retorno de la menor a su hogar biológico antes de acudir a la media extrema de la adopción”.

Por lo cual, la Corte ordenó dejar sin efecto las decisiones judiciales anteriores que dejaron en firme el proceso de adoptabilidad.

 

También ordenó al Icbf para que devuelva a la menor a su hogar sustituto y eventualmente a su familia biológica garantizando un acompañamiento a la familia que la adoptó.

“Con el fin de garantizar los derechos de la niña y evitarle un perjuicio irremediable, como medida provisional, se dispone que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, con apoyo de un equipo interdisciplinario, brinde el acompañamiento que considere pertinente, especialmente a la familia adoptante, para que la niña retorne a su ubicación en hogar sustituto y, posteriormente, de disponerlo así el Juzgado Tercero de Familia de Tunja, para su regreso al seno familiar”, dijo la Corte.

Fuente
Sistema Integrado de Información