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Foto ilustrativa
3 Dic 2018 07:33 AM

ICBF lanza campaña para la prevención de niños quemados con pólvora

Alerta
Tolima

La Directora general del ICBF Juliana Pungiluppi dio a conocer la campaña ‘Fiesta Sin Pólvora’, la cual tiene el propósito de prevenir lesiones, heridas, intoxicaciones, mutilaciones o daños irreparables en los niños y niñas en el departamento del Tolima y a nivel nacional, quienes pueden ser afectados por el uso de la pólvora.

Según el Instituto Nacional de Salud en cifras con respecto al mes de diciembre de 2017 y enero de 2018, se registró un total de 299 infantes y adolescentes heridos con estos elementos. Para el departamento del Tolima se evidenció 9 casos presentados, sin embargo, la región con más afectados fue Antioquia con 49 víctimas.

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Cabe resaltar a toda la comunidad tolimense que, dado la gravedad de las lesiones con pólvora, las autoridades tienen la competencia de iniciar los procesos sancionatorios a los padres o representantes legales, el cual puede ir desde una multa civil, tales como talleres comunitarios o de prevención, incluso una sanción de hasta 5 salarios mínimos legales vigentes.

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De este modo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar presenta los 5 pasos de la ruta de atención en cualquier caso de afectaciones con estos artefactos contra los niños niñas y adolescentes:

  1. Cuando un niño, niña o adolescente resulte afectado con pólvora deberá ser llevado a una institución de salud para recibir la atención médica.
  2. El Instituto Nacional de Salud (INS) notificará el caso a los defensores del ICBF o los comisarios de familia que, como autoridades administrativas, verificarán los derechos del menor de edad afectado.
  3. Cuando se detecte vulneración de derechos del menor de edad lesionado con pólvora, el defensor de familia o comisario dará apertura al Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD) y dictará las medidas a que haya lugar.
  4. La autoridad administrativa podrá interponer la denuncia penal en contra de los representantes legales del menor de edad.
  5. En caso de fallecimiento, la autoridad administrativa deberá denunciar los hechos ante las entidades judiciales e iniciar la atención psicológica y social a la familia del menor de edad fallecido, al tiempo que realizará la verificación de derechos de los otros niños que se encuentren en el núcleo familiar, sí los hay.
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“Desde el ICBF trabajamos con todas las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF), a través de nuestras 33 regionales, desarrollando procesos pedagógicos y preventivos para que las familias de Colombia vivan una #FiestaSinPólvora”, añadió Juliana Pungiluppi.