Consejo Nacional Electoral.
Colprensa
26 Mayo 2023 06:59 AM

Anulada la elección de Altus Baquero como magistrado del CNE

Diego
Espitia
La demanda alegaba que Baquero no cumplía con los requisitos para ocupar el cargo.

El Consejo de Estado anuló la elección de Altus Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), por no cumplir con los requisitos estipulados en la ley para ocupar el cargo en el tribunal. 

La decisión fue tomada por la Sección Quinta, luego de estudiar una demanda que alegaba la falta de experiencia de Baquero, al momento de ser postulado para la convocatoria a ocupar el cargo en la autoridad electoral. 

Según lo que explica la demandante, la norma establece que los aspirantes deben cumplir con el requisito de acreditar 15 años de experiencia laboral como abogado, pero que al momento de que el Partido Liberal presentara su lista de candidatos, entre la que se encontraba el investigado, no cumplía con el tiempo exacto requerido en las condiciones. 

“Altus Alejandro Baquero Rueda se graduó el 22 de agosto de 2007, obtuvo su tarjeta profesional el 20 de septiembre de ese año y el Partido Liberal Colombiano lo postuló para ser magistrado del CNE, ante la secretaria general del Congreso de la República, el 17 de agosto de 2022”, menciona el fallo. 

La demandante alega que el movimiento político tuvo en cuenta experiencia obtenida por Baquero, al trabajar en diferentes entidades, por lo que resaltaba la necesidad de declarar la nulidad del nombramiento. 

“Se le tuvo en cuenta, como experiencia profesional, tiempos de servicios concurrentes, específicamente los obtenidos en calidad de contratista en diferentes entidades que coinciden en el tiempo, lo que es prohibido por la jurisprudencia de la Sección Quinta del Consejo de Estado”, añade la demandante. 

El tribunal reconoció que para el momento en que se hizo la inscripción para los candidatos a la vacante de magistrado del CNE, el Partido Liberal postuló al abogado a falta de menos de 10 días para cumplir exactamente con el tiempo requerido.

“El señor Altus Alejandro Baquero Rueda no acreditaría el requisito de experiencia que exige la norma constitucional, razón por la cual, se incurrió en un yerro en el informe técnico que elaboró la Comisión de Acreditación Documental Conjunta del Congreso de la República, que quebranta la presunción de legalidad del acto acusado”, concluyeron los magistrados. 

La demandante también alegaba supuesta falsedad en certificados que fueron adjuntados por el movimiento político al momento de hacer la postulación, pero el tribunal aseguró que eso será un asunto que deberá que llevarse a un debate probatorio para demostrar esos señalamientos. 

Fuente
Sistema Integrado de Información