Margarita Cabello Blanco, ministra de Justicia
Foto de Colprensa
4 Dic 2020 06:58 PM

Niegan solicitud de suspensión del cargo de nueva procuradora Margarita Cabello

Andrés
Amador
La decisión la tomó el Consejo de Estado.

El Consejo de Estado informó este viernes que la Sección Quinta del alto tribunal, admitió la demanda de nulidad electoral, radicada en contra de la electa procuradora General de la Nación, Margarita Leonor Cabello Blanco.

No obstante, el organismo de justicia también negó la medida cautelar de suspensión de los efectos jurídicos de la elección de esta alta funcionaria.

En un comunicado, el alto tribunal indicó que "la demanda presentada contra el acto de elección del Senado de la República argumenta que estaría incursa en una inhabilidad desde que fue incluida en la terna por el presidente de la República, debido a que en el año anterior se desempeñó como ministra de Justicia y del Derecho". 

Según había señalado el demandante, "debido a las características del cargo y funciones del procurador General de la Nación, quien desempeñe el cargo tiene las mismas calidades de los magistrados de la Corte Constitucional y por tanto le aplican las mismas prohibiciones, como que no pueden ser elegidos en el cargo quienes en el año anterior se hayan desempeñado como ministros del despacho".

Decisión

Así mismo, la Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, negó la solicitud de medida cautelar, debido a que encontró que "en esta etapa procesal no se advierte una infracción a las normas en que sustentó el demandante su petición de suspensión provisional".

 

Por último, se declaró infundado el impedimento presentado por el magistrado Carlos Enrique Moreno Rubio, "al concluir que, si bien es cierto, el Consejo de Estado remitió su candidato para conformar la terna de la cual se eligió a la doctora Margarita Leonor Cabello Blanco, como procuradora General de la Nación, la demanda no juzga el procedimiento adelantado por esta corporación judicial, sino las calidades de la demandada que, por demás, fue designada por el presidente de la República".

Fuente
Sistema Integrado de Información