Riña a Machete
Riña a Machete
Pixabay
9 Feb 2022 07:03 AM

Llevar machete, cuchillo o pistola traumática podría llevarlo a la cárcel con la nueva Ley 2197 de 2022

Utilizar un arma blanca en un transporte público, durante un evento masivo o escenario público tendrá pena de prisión de 24 a 36 meses.

El 25 de enero del 2022, el actual presidente de la República de Colombia Iván Duque Márquez, sancionó la Ley 2197 de 2022 (Ley de Seguridad Ciudadana), compuesta por 69 artículos "por medio de la cual dictaron normas tendientes al fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana y se dictan otras disposiciones". A conocimiento de esta ley, tenga en cuenta los aspectos más relevantes de ella:

En la actualidad se viven a diario muchos homicidios, robos, riñas y de acuerdo a esto se busca una ley que prohíba cargar o usar estas armas sin el debido permiso (armas de fuego o arma blanca, machete, cuchillo) en este sentido esta ley 2197 incluye:

Utilizar un arma blanca en un transporte público, durante un evento masivo o escenario público tendrá pena de prisión de 24 a 36 meses, es así como también se establece que es de tipo penal que una persona que intimide o amenace o robe con un cuchillo, navaja y arma de fuego deberá pagar una pena de 48 a 72 meses.

Cuando ha hecho usos de las armas anteriormente mencionadas, la pena aumenta y en caso de que incurran a la conducta puesta deberá cumplir en totalidad la pena de prisión.

 

Por otra parte, si es arrestado por robo, su pena aumenta unas dos o tres veces si durante ellas usted se hace pasar por un servidor público de cualquier empresa, oculta su identidad mediante máscaras, si se hace uso de armas convencionales, de fuego o hechizas y lo más importante y con más veras pagará triplicado si utiliza menores de edad en ese atraco.

Ahora bien, no pagará solo sus hechos con su libertad, sino que también tendrán un valor que se estableció en la Ley 1801 de 2016 SERÁ REDUCIDO, así:

- Multa Tipo 1: Dos SMDLV.

- Multa Tipo 2: Cuatro SMDLV.

- Multa Tipo 3: Ocho SMDLV.

- Multa Tipo 4: Dieciséis SMDLV.

 

 

 

 

Sobre los comportamientos contrarios a la convivencia y seguridad ciudadana se modifica el artículo 155 (Traslado por Protección), donde una persona podrá ser trasladada en 7 casos:

1. Cuando se encuentre inmerso en riña.

2. Se encuentra deambulando en estado de indefensión.

3. Padezca de alteración del estado de conciencia por aspectos de orden mental.

4. Se encuentre bajo efectos de sustancias ilícitas o bebidas alcohólicas.

5. Se exteriorizan comportamientos agresivos o temerarios.

Nuevas circunstancias de agravación punitiva: De 48 a 144 meses será la pena que deberá pagar cuando se afecte la infraestructura destinada a la seguridad ciudadana, transporte masivo e instalaciones militares o de policía, de 48 a 144 meses.

Respecto al Código de Procedimiento Penal se modificó el artículo #310 que hace una exaltación a las circunstancias de peligro para la comunidad, agregándole como la utilización de “armas convencionales; armas hechizas o artesanales; armas, elementos y dispositivos menos letales”.

Se creó el título con el que se busca regular la fabricación, comercialización, importación, exportación, y porte de las armas y dispositivos menos letales y al igual también crearon el Registro Nacional de armas, elementos y dispositivos menos letales, creando un marcaje y control sobre los permisos de porte.

Una invitación a la comunidad a que conozca más a detalle esta ley sacada en el año 2022, tener claro que las malas acciones tienen sus consecuencias y más si estos delitos están en una ley que los colocará a pagar sus actos.

Fuente
Alerta Tolima