7 Ago 2017 02:21 PM

Condenados por cometer hurtos a residencias en El Espinal

Alerta
Tolima

Los hermanos Harold Felipe y Carlos Alfredo Castro Soto son los primeros colombianos en recibir un fallo condenatorio bajo la Ley 1826 de 2017, más conocida como Sistema Penal Abreviado y Acusador Privado, que entró en vigencia el 13 de julio último.

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La decisión judicial fue proferida mediante un preacuerdo firmado entre la Fiscalía y los hoy sentenciados de 21 y 24 años de edad, detenidos en flagrancia el mismo 13 de julio, mientras cometían el hurto de una teja de zinc en una residencia de El Espinal, por el cual deberán pagar una pena 9 meses de prisión.

Un día después de la aprehensión, el Juzgado Segundo Penal Municipal de El Espinal llevó a cabo la audiencia de legalización de captura de los procesados y la Fiscalía, como está descrito en la Ley de Procedimiento Penal Abreviado, trasladó el escrito de acusación y el descubrimiento probatorio.

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El 28 de julio de 2017, la Fiscalía Segunda Local de la citada población tolimense radicó el escrito de preacuerdo en donde Harold Felipe y Carlos Alfredo Castro Soto aceptaron su responsabilidad en los hechos imputados como coautores del delito de hurto calificado con circunstancias de agravación punitiva. Además, a los procesados se les reconoció las circunstancias de marginalidad, ignorancia o pobreza extrema.

En audiencia celebrada el pasado 2 de agosto se verificó la legalidad del preacuerdo y el juez dio a conocer su decisión.

De esta manera, con la facilidad y lo expedito del procedimiento abreviado se garantiza a los colombianos una pronta y efectiva administración de justicia para delitos como el hurto, que ocupa el primer lugar en ocurrencia en el país y que ha aumentado en un 26 por ciento en lo corrido del año, de acuerdo con el censo delictivo de la Fiscalía.

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Otros delitos que serán judicializados mediante este trámite y que poseen un alto nivel de ocurrencia , pues se encastran entre los primeros puestos del ranking de delitos que afectan el patrimonio y la seguridad de los ciudadanos son

  • Lesiones personales
  • Daño en bien ajeno
  • Lesiones personales sin secuelas
  • Violación de habitación ajena
  • Injuria por vías de hecho
  • Estafa

Estas, son algunas de las conductas delictuales que se vienen tramitando bajo la Ley de Procedimiento Abreviado y Acusador Privado y representan el 57 por ciento de las noticias criminales que recibe la Fiscalía General de la Nación lo que demuestra que esta norma contribuirá no solo a agilizar el procedimiento judicial sino que permitirá disminuir visiblemente la congestión de los despachos.

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