Emergencia Sanitaria por Coronavirus COVID-19
AFP
18 Mar 2020 08:12 AM

Por Coronavirus declarada emergencia sanitaria de salud en el Tolima

Fredy Geovanni
Prieto Serrano
Emergencia Sanitaria en Salud por 6 meses para contener propagación del Coronavirus COVID-19.

Mediante el decreto 0292 del 16 de marzo, el Gobernador del Tolima, Ricardo Orozco Valero, declaró la Emergencia Sanitaria en Salud departamental por un período de 6 meses, esto con el objeto de adoptar medidas sanitarias para contener la propagación del Coronavirus COVID-19, y poder atender adecuadamente a la población que resulte afectada.

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La inspección y vigilancia del cumplimiento de las medidas adoptadas en la emergencia sanitaria para la contención y mitigación del riesgo frente al COVID-19, será ejercida por los funcionarios de la Secretaría de Salud del Departamento, Alcaldes, Secretarios de Salud, rectores de las instituciones educativas públicas y privadas, gerentes de las IPS públicas y privadas, y por las autoridades de policía.

El no acatamiento de las disposiciones e instrucciones entregadas por las autoridades Nacionales y territoriales serán sancionadas por las disposiciones previstas en el artículo 368 del Código Penal y la Ley 1801 de 2016 del Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana.

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Las autoridades departamentales en cabeza del gobernador Ricardo Orozco, reiteraron a toda la población tener responsabilidad social en el manejo de la información por la confirmación o negación de casos del virus COVID-19 en Ibagué y el departamento del Tolima, la cual únicamente la puede dar a conocer en el Ministerio de Salud y Seguridad Social. Por su parte el criterio para determinar si un caso es sospechoso o no, es responsabilidad de la Secretaria de Salud Departamental, siguiendo los lineamientos Nacionales.

Acciones de autocuidado y protección a la comunidad de personas con síntomas respiratorios

Las personas que tengan síntomas respiratorios, que hayan tenido desplazamiento al extranjero o hayan mantenido contacto estrecho con un paciente sospechoso o confirmado del virus COVID-19, deberán de forma inmediata reportarlo a las autoridades competentes y someterse a un esquema de aislamiento preventivo, por mínimo 14 días y adelantar medidas de protección personal como lavado de manos y uso de mascarilla quirúrgica convencional.

Los habitantes del Departamento deberán estar prestos a colaborar con las autoridades sanitarias acatando las recomendaciones e instrucciones entregadas y compareciendo en caso de ser requeridos.

Por otra parte la Secretaria de Salud realizara el continuo monitoreo de la prestación de los Servicios de Salud y adoptará las recomendaciones médicas que les sean sugeridas.

También se llevarán a cabo acciones de seguimiento en los terminales de transporte terrestre y aéreo, en donde se dispondrá un equipo de profesionales de la salud, quienes atenderán de manera prioritaria a los viajeros con el fin de realizar prevención y control para evitar la propagación del virus. Los pasajeros deberán entregar información relacionada con los datos personales, fecha de ingreso, lugar de procedencia, sitio de estadía antes del ingreso al país, destino en el territorio nacional, así mismo, teléfonos, correo electrónico e información personal de contacto. 

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De otro lado las personas provenientes del extranjero, deberán cumplir las medidas de aislamiento preventivo en su residencia durante 14 días, informando a las autoridades el lugar en el que se darán cumplimiento de la medida.

Medidas para la reducción del riesgo de contagio

• Todas las empresas de transporte público y gremio de taxistas deberán realizar limpieza y desinfección diaria a sus vehículos antes de ser puestos en servicio.

• Las personas que tengan síntomas de afección respiratoria deberán permanecer en sus casas, como una medida de autocuidado y responsabilidad social.

• Los responsables de las instituciones públicas y privadas deberán suministrar al público afluente y a sus establecimientos y de sus trabajadores elementos de higiene, tales como alcohol glicerinado, jabón de manos y toallas de papel desechable. Los empleadores deberán promover el trabajo en casa y organizar jornadas laborales flexibles. 

 Sensibilizar a las entidades para restringir los viajes laborales de su personal.

• Aumentar la virtualización de las actividades académicas en el Departamento del Tolima.

• Suspender los eventos públicos de más de 200 personas. Eventos de menos de 200 personas serán evaluados para determinar el riesgo de contagio.

•Evitar participar de eventos deportivos, recreativos, culturales, entre otros, que implique aglomeración de cualquier tipo.