Pago de multas en Ibagué
Suministrada Alcaldía de Ibagué
20 Sep 2021 03:45 PM

Póngase al día con las multas de tránsito en Ibagué

Las sanciones solo aplican para infracciones antes del 30 de junio de 2021, y no son para conductores en estado de embriaguez.

Con la puesta en vigencia de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, el Gobierno Nacional invita a los ciudadanos que tengan comparendos impuestos antes del 30 de junio a ponerse al día y obtener los beneficios.

De acuerdo al secretario de Movilidad en calidad encargado, Juan Carlos Núñez, aplica tanto para conductores de moto y carro, que tienen infracciones antes del 30 de junio del presente año. Así mismo, se establece en la ley que no se puede apoyar a quienes se les impuso la medida en estado de embriaguez.

Si tiene una multa impuesta antes del 30 de junio de 2021 en Ibagué, ya se puede poner al día con el pago de infracción sin tener en cuenta los intereses. Estas personas serán beneficiadas con unos descuentos del 100% de los intereses en mora y un apoyo del 50% si pagan antes de los primeros cuatro meses de haber entrado en vigencia la ley”, dijo Núñez. 

Otros apoyos

  • La norma cita por ejemplo, que si el infractor no logró ponerse al día con la deuda, tiene un tiempo de espera más de cuatro meses pero con el beneficio del 50%.
  • Si la persona no logró pagar en esos 8 meses, el artículo 49 también cita que tienen un plazo entre los 8 meses y los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley para pagar el 80% del capital sin intereses. 

Beneficios para los motociclistas

Por su parte, el artículo 50 de la misma ley también ofrece apoyos para conductores de motos que hayan sido multados antes del 30 de junio, de la siguiente manera: 

  • Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley pagarán el 20% del capital sin intereses. 
  • Entre los 6 y 8 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley pagarán el 40% del capital sin intereses. 
  • Entre los 8 y 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley pagarán el 60% del capital sin intereses.

No aplica para multas por embriaguez

Los conductores no aplican para aquellos que hayan sido multados bajo las influencias del alcohol. Las personas deben pagar las sanciones penales y administrativas contempladas en la ley 1696 de 2013. 

"Para más detalles la persona puede consulte aquí: https://cutt.ly/0EoQTy4 o ingresar a www.fcm.org.co/simit para saber si tiene sanciones pendientes", reitero el funcionario del Gobierno Ibagué Vibra.

Fuente
Alerta Tolima