Según la compañía, la decisión ya estaba ejecutoriada debido a que el pasado 26 de junio se vencieron los términos para decidir de fondo
Según la compañía, la decisión ya estaba ejecutoriada debido a que el pasado 26 de junio se vencieron los términos para decidir de fondo
Suministrada Cortolima
30 Jul 2020 08:58 AM

Hidrogeneradora Pijao anunció instancias legales contra Cortolima por revocatoria de licencia ambiental a Hidrototare

Fredy Geovanni
Prieto Serrano
Según la compañía, la decisión ya estaba ejecutoriada debido a que el pasado 26 de junio se vencieron los términos para decidir de fondo.

La empresa Hidrogeneradora Pijao, anunció mediante comunicado a la opinión pública, proceso judicial contra Cortolima, por la decisión de archivar la licencia ambiental del proyecto hidroeléctrico Hidrototare sobre el río Totare.

Según la compañía, la decisión ya estaba ejecutoriada debido a que el pasado 26 de junio se le vencieron los términos para decidir de fondo a la autoridad ambiental.

De acuerdo al documento, con ocasión a la expedición de la Resolución Cortolima No.1042, que revoca la resolución que otorgó la Licencia Ambiental a Hidrogeneradora Pijao S.AS, para adelantar el proyecto de una Pequeña Central Hidroeléctrica en un área de los municipios de Anzoátegui y Venadillo; se generaron percepciones equivocadas en la comunidad, respecto del desarrollo del proyecto Hidrototare.

 

Por lo anterior la empresa precisó:

1. La Resolución No.3720 del 24 de octubre de 2019, que otorgó el licenciamiento ambiental No. 15194 fue emitida agotando todos y cada uno de los requisitos que establecían en su momento los Términos de Referencia y en concordancia con la normatividad de orden Nacional para esta clase de proyectos.

2. Que técnica, jurídica, económica y ambientalmente la empresa no comparte los argumentos expresados en la resolución revocatoria, expedida extemporáneamente e irregularmente por parte de la Dirección General de Cortolima, con argumentos que son requisitos complementarios, los cuales deberán ejecutarse posteriormente a la firmeza de la resolución, teniendo una evaluación y seguimiento por parte de la propia Corporación.

3. La Resolución No.3720 del 24 de octubre de 2019 ya había entrado en ejecutoria teniendo en cuenta que, los términos para decidir se vencieron efectivamente el día 26 de junio del año 2020, después de los dos (2) meses que tenía Cortolima para resolver de fondo los recursos de reposición de conformidad con el artículo 86 de la Ley 1437 del 2011 (CPACA). Por consiguiente, se  acudirá a instancias y mecanismos legales para continuar impulsando un emprendimiento que mejorará las condiciones de interconexión y competitividad de nuestro Departamento.

4. La Hidrogeneradora Pijao S.A.S respeta los criterios de las comunidades y organizaciones campesinas y ambientales, que han participado en el proceso de licenciamiento invitándolos a dar el debate por los conductos regulares, sin acudir a mecanismos de desinformación, descontextualización del proyecto y menos a prácticas difamatorias de una iniciativa amparada por los principios Constitucionales de la libre empresa y el derecho a un ambiente sano.

 

Así las circunstancias, la compañía manifestó su convencimiento claro que no se generaran impactos negativos sobre el medio ambiente en la zona, dado que se comparte las preocupaciones de la comunidad, razón por la cual, el proyecto se sustentó en estudios serios, confiables y con un gran sentido de responsabilidad social, advirtiendo que a lo largo de estos años de trámites ante la autoridad ambiental del Tolima, consecuentes, amplios y profundos en las correctas aclaraciones y deliberaciones que se tuvieron siempre sobre el proyecto.

Fuente
Alerta Tolima