Por un período de seis meses los afiliados al sistema pensional, podrán cambiar de régimen sin restricción alguna
Por un período de seis meses los afiliados al sistema pensional, podrán cambiar de régimen sin restricción alguna
Archivo RCN Radio
18 Jun 2020 07:09 AM

Cámara de Representantes aprobó en segundo debate proyecto para cambio de régimen pensional

Fredy Geovanni
Prieto Serrano
Por un período de seis meses los afiliados al sistema pensional, podrán cambiar de régimen sin restricción alguna.

Con 99 votos a favor, la Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó este miércoles en segundo debate el proyecto de ley 050 de 2019, que busca garantizar por un período de seis meses que los afiliados al sistema pensional, puedan cambiar de régimen sin restricción alguna ya sea en un fondo privado o público.

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De acuerdo a la Representante a la Cámara Adriana Matiz, coautora del proyecto. “Esta es una iniciativa que está haciendo justicia social, y que proporciona un mecanismo oportuno para aquellos afiliados que tuvieron que elegir el régimen pensional, sin contar con la información debida, suficiente y veraz en la primera selección o en los sucesivos traslados. Hechos que han representado al día de hoy, miles de demandas labores cuyo único fin es generar el traslado del régimen pensional.”

La parlamentaria tolimense, también agregó. “Según el presidente de Colpensiones, entre los años 2018 y 2019 más de 35 mil personas habían reclamado judicialmente el traslado del régimen, debido a la falta de información por parte de las entidades; y la expectativa de que esos fallos sean favorables, es del 92%.”, manifestó Matiz.

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De otro lado afirmó. “Los requisitos para acceder a este beneficio, es que se haya cotizado un mínimo de 750 semanas, y que las mujeres hayan cumplido 47 años y los hombres 52 años; además de haber firmado el respectivo consentimiento informado, sobre las condiciones, los riesgos y las consecuencias de afiliación y el traslado del régimen”.

En Colombia existen dos regímenes pensionales diferentes: el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) y el Régimen de Prima Media (RPM). Ambos sistemas difieren en su financiación, administración de los recursos, requisitos para acceder a la pensión y cálculo de prestaciones.

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El Sistema General de Pensiones garantiza a sus usuarios el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte. Por medio de las pensiones y prestaciones. Asimismo busca ampliar su cobertura a segmentos de la población que aún no se encuentran en un sistema de pensiones.