Imagen ilustrativa sobre acoso laboral
Imagen ilustrativa sobre una entrevista de trabajo.
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16 Mar 2022 05:36 PM

Conozca como detectar un acoso laboral

Diana
Cabrera
El Ministerio de Trabajo afirmó que hay seis modalidades diferentes de acoso laboral.

La viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, del Ministerio de Trabajo, Isis Andrea Muñoz, explicó a los trabajadores colombianos las rutas que se deben tomar en caso de detectar un acoso laboral.

La funcionaria señaló que, de acuerdo a la Ley 1010 del 2.006, es importante saber detectar este comportamiento en las personas que tienen un cargo superior al del trabajador.

“Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo”, señaló.

Apuntó que es muy importante denunciar cualquier comportamiento irregular. “Este acoso se entiende en seis modalidades diferentes: maltrato laboral, persecución laboral, discriminación laboral, entorpecimiento laboral, inequidad laboral y desprotección laboral”, indicó.

Dijo que además se debe tener en cuenta el comportamiento humillante hacia las personas. “La Ley añade que dentro de esta modalidad también se considera todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral”, precisó.

Muñoz aseguró que, aunque la competencia sancionatoria recae en los jueces laborales, se debe tener en cuenta la importancia de denunciar.

“La misma norma, determina que cuando la posible víctima de acoso laboral ponga en conocimiento del inspector de trabajo del lugar de los hechos, esta situación, el funcionario, debe adelantar las actuaciones administrativas pertinentes a fin de verificar que se estén aplicando, por parte de la empresa, es decir, las medidas preventivas y correctivas mediante la cual se establece la conformación y funcionamiento del comité de convivencia laboral en entidades públicas y privadas”, explicó.

Resaltó que es labor del Ministerio del Trabajo, a través de sus inspectores, recibir la denuncia. “Se debe llamar preventivamente al empleador para que ponga en marcha los procedimientos confidenciales y programe actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes comparten una relación laboral dentro de una empresa”, manifestó.

La viceministra hizo un llamado a los trabajadores a denunciar cualquier tipo de acto que atente contra sus derechos laborales y agregó que el Ministerio del Trabajo tiene abiertos sus canales de atención al ciudadano para atender todo tipo de denuncias de acoso laboral.

“El Ministerio de Trabajo tiene disponibles sus canales de atención como las líneas telefónicas, en Bogotá (601) 3779999 Opción 2 y la línea nacional gratuita 018000 112518. Además, a través de la página web www.mintrabajo.gov.co podrá radicar su denuncia o si lo prefiere, agendar una cita con un asesor del Ministerio”, puntualizó.

Fuente
Sistema Integrado de Información