Denuncia sobre falsos positivos Arauca
Soldados del Ejército de Colombia
Colprensa (Referencia)
1 Ago 2020 08:01 AM

Un coronel y 13 soldados del Ejército fueron condenados por cometer 'falsos positivos'

Katherine
Leal
Los uniformados pagarán penas de hasta 52 años de prisión, y tendrán que indemnizar a las familias de las seis personas asesinadas.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a un coronel y a 13 soldados del Batallón de Infantería N°43 General Efraín Rojas Acevedo, a entre 48 a 52 años de prisión, por el homicidio de seis personas indefensas a quienes presentaron como bajas en combate, o  mal llamados “falsos positivos”. 

El hecho se registró el 21 de diciembre de 2006, en Cumaribo (Vichada) cuando, en el cumplimiento de una misión, el coronel Isnardo Polanía Delgadillo, comandante del Batallón No. 43, realizó una “misión táctica y control militar de área”, por cuyos resultados los uniformados recibieron beneficios, según reveló la Corte.  

 

La Corporación resolvió un recurso de casación que, en 2019, absolvió a los 14 uniformados del delito de homicidio en persona protegida y al coronel de un segundo delito por fraude procesal. Sin embargo, la Sala de Casación, al reabrir el caso, evidenció que el coronel Polanía Delgadillo y los 13 soldados profesionales era responsables de los hechos.  

Los soldados profesionales condenados son: Gabriel Eduardo Rojas, Leonardo Cuervo Bohórquez, Donaldo Santos Jiménez Villadiego, Miguel Canchón Pérez, Mauricio Duarte Palomino, José Elver Lozano Tapiero, Heriberto de Jesús Múnera Palacio, Rigoberto Ramírez Martínez, Rodolfo Reina Ríos, Jader Luis Restrepo Ricardo, Diver de Jesús Salazar Galeano, Enrique Quintero López y Javier Alfonso Torres Mesa. 

Por los asesinatos de Roseldo Roldán Lozano, Edilberto Villareal Guzmán, Carlos Iván Gelvez Vergara, una mujer y las otras dos personas no identificadas, "presentadas como ocurridas en combate y por las cuales se les concedió beneficios y permisos a los uniformados que participaron de esta misión", la Corte resolvió "no declarar delito de lesa humanidad los homicidios en persona protegida investigados en este asunto, conforme con las consideraciones de esta sentencia". 

 

Y declaró "nula parcialmente la sentencia del 27 de mayo de 2019 proferida por el Tribunal Superior de Sincelejo", para condenar al coronel Polanía Delgadillo, como "coautor de seis homicidios en persona protegida y autor punible por fraude procesal. Por lo que deberá pagar una pena en prisión de 52 años y cinco meses y una multa de 16.599 salarios mínimos mensuales vigentes para la época". 

También, condenó al soldado Enrique Quintero López, como "coautor de cinco homicidios y deberá pagar una pena de 48 años y cinco meses, más una multa de 12.499 salarios mínimos legales vigentes para la época. Entre tanto, los otros 12 uniformados fueron condenados al pago de 600 salarios mínimos vigentes para la época, como indemnización por el daño moral causado a los cónyuges, hijos y hermanos de las víctimas de este caso". 

Todos los uniformados condenados están inhabilitados para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años.

Fuente
Sistema Integrado de Información