Luego de verificar varias tutelas interpuestas por docentes del magisterio del Tolima, un fallo de la Corte Constitucional avaló que los profesores estatales del país podrán exigir por las demoras en el no pago oportuno de sus cesantías por parte del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag).
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Los docentes en las acciones indicaban que debido a las demoras en los pagos, se les debía reconocer y cancelar el pago de la sanción moratoria, por lo que la Corte decidió hallarles la razón a los funcionarios públicos, evidenciando que aunque en el régimen especial no se destaque esto, tienen todo el derecho a reclamar.
Es así como se determinó que los servidores del Estado tendrán derecho de la petición hecha y se debe analizar el caso con el reconocimiento de la Ley 244 de 1995, modificada por la Ley 1071 de 2006.
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