Niños quemados
Niños quemados
Suministrada
27 Dic 2022 06:54 AM

A que se enfrentan padres del menor quemado por pólvora en Ataco

Tatty
Umaña G.
Ayer ingresó un menor de 6 años con amputación, un ojo comprometido y otras heridas como consecuencia de manipulación de pólvora en Ataco.

Con quemaduras por pólvora en su mano derecha, lesión grave en un ojo y quemaduras en otras partes del cuerpo ingresó ayer 26 de diciembre un menor al hospital Regional Federico Lleras Acosta,  las quemaduras se sucedieron en la noche de Navidad en el municipio de Ataco, situación del menor es crítica.

El gobierno Departamental desde noviembre lazó una campaña de no a la pólvora y han sido masivos los operativos de incautación y las sanciones a quienes compran y venden estos materiales,  pero la costumbre hace que la norma no se cumpla.

 

A que se enfrentan los padres del menor

El servicio de salud al que accedió en un primer momento el menor afectado debió notificar al ICBF,  si no lo hicieron, el hospital Regional a donde fue trasladado el día de ayer tiene la obligación, posterior a la atención del menor, debió informar al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) el caso,  la magnitud de las lesiones y las posibles consecuencias por el uso y manipulación de pólvora pirotécnica o intoxicación por fósforo blanco de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, que reza: "Obligación del restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes El restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas o los adolescentes es responsabilidad del Estado en su conjunto a través de las autoridades públicas, quienes tienen la obligación de informar, oficiar o conducir ante la policía, las defensorías de familia, las comisarías de familia o en su defecto, los inspectores de policía o las personerías municipales o distritales, a todos los niños, las niñas o los adolescentes que se encuentren en condiciones de riesgo o vulnerabilidad. Cuando esto ocurra, la autoridad competente deberá asegurarse de que el Sistema Nacional de Bienestar Familiar garantice su vinculación a los servicios sociales."

De inmediato se produce verificación de derechos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar,  es asignada una Autoridad Administrativa competente quien, de manera inmediata, deberá verificar el estado de garantía de derechos de niños, niñas o adolescentes de conformidad con lo establecido en el  Código de Infancia y Adolescencia Ley 1098 de 2006. La autoridad administrativa realizará la verificación de derechos y determinará la medida más acorde al caso. La solicitud de restablecimiento de derechos y el resultado de la verificación deben registrarse en el SIM con el motivo víctima de uso, porte o manipulación de pólvora.

Basados en el Código de Infancia y Adolescencia, una vez el ICBF tiene conocimiento de un menor lesionado por el uso de pólvora se procede a verificar si en el caso se cumplió con la protección de los derechos de los niños, se hace una verificación de los derechos y se determina la medida más acorde con el caso. De allí puede salir la imposición, a los responsables del menor, una amonestación con asistencia obligatoria a un curso pedagógico, y se presenta ante la Fiscalía una denuncia por uso, porte o manipulación de pólvora.

El ICBF está la obligación, en este caso de avisar a la alcaldía de Ataco, de manera formal, sobre el caso del niño quemado en su territorio y esas autoridades administrativas pueden imponer sanciones civiles y pecuniarias tales como: 

Realización de trabajos comunitarios como tareas de prevención y atención de emergencia que beneficien a la comunidad cuando el menor de edad es encontrado portando, manipulando o usando pólvora.

Sanción económica puede llegar hasta por cinco salarios mínimos legales vigentes cuando el niño, la niña o el adolescente resulta con quemaduras o daños corporales por manipulación de pólvora, como es este caso en particular.

 

En cuanto a las sanciones penales

La desprotección a un menor y que esta ocasione lesiones como consecuencia del uso , porte o manipulación de pólvora conllevan a sanciones penales. porque dichos adultos están en  'posición de garante', es el deber jurídico que tienen ciertas personas de evitar unos resultados específicos,  en este caso los padres  deberían velar por que este niño no manipulara la pólvora que en este momento lo tiene con la mano derecha amputada,  a punto de perder un ojo y con otras heridas en su cuerpo, que podría incluso a llevarlo a perder la vida.

Cuando un menor resulta lesionado por permitirle el uso de pólvora, el adulto (padre o tutor) que lo tenía a su cargo defraudó su posición de garante y puede responder penalmente por ello, con cargos que van desde lesiones personales o incluso homicidio, si el menor muere.

Adicionalmente,  aquel adulto quesea responsable de un menor  y omita la asistencia médica por evitar la sanción inicial puede hacerse a unas aún más graves, sanciones penales por omisión al no llevan a los niños a recibir atención médica oportuna luego de la quemadura.

Fuente
Alerta Tolima