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30 Ago 2018 09:01 AM

Sindicato del IBAL denunciará en la Procuraduría modificación de Manual de Funciones de la empresa

Alerta
Tolima

Mediante comunicado de Sintraibal, uno de los sindicatos de la empresa de acueducto y alcantarillado de Ibagué IBAL, se puso en conocimiento presuntas irregularidades y faltas cometidas por el gerente Alberto Girón, quien al parecer sin consenso y previo aviso,  modificó el manual de funciones y los acuerdos  estipulados para la contratación de personal, violando aparentemente  las normas convencionales vigentes, afectando los derechos colectivos de los trabajadores.

El documento señala. “Teniendo en cuenta que las actuaciones administrativas adelantadas por la gerencia del IBAL, desconocen disposiciones normativas convencionales y por ende, afectan los derechos adquiridos de los trabajadores: la Junta Directiva SintraIbal reunida el pasado 25 de agosto del 2018, aprobó por unanimidad de sus miembros adelantar las acciones legales y de ser necesario acudir a las vías de hecho con el fin de restablecer las condiciones laborales en el marco del respeto a la voluntad de las partes el consenso y la solemnidad de las disposiciones normativas convencionales”. 

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De otra parte el comunicado agregó. "Conforme a los acuerdos 003, 004, 005 y 006 del 2017 adoptados por la Junta Directiva del IBAL se otorgaron facultades al gerente general de la empresa para modificar la estructura organizacional de la entidad, ante esto el gerente junto a su equipo directivo y profesionales conocedores de rediseño organizacional, procedieron a modificar en forma unilateral el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales el pasado 5 de octubre del 2017 y una segunda modificación el día 3 de agosto del 2018, adoptando una planta global para los trabajadores oficiales, ajustando perfiles y funciones desconociendo la existencia de los contratos de trabajo y la convención colectiva”. 

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Acciones que va adoptar el sindicato del IBAL. 

  1. Hacer efectivo el establecimiento de un escenario de concertación y diálogo para la solución de las controversias surgidas por ocasión de la modificación de las condiciones.
  2. Someter al control de legalidad mediante acción de nulidad ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo los acuerdos 03, 04, 05 y 06 de 2017, proferidos por la Junta Directiva y los actos administrativos expedidos con fundamento en tales acuerdos.
  3. Denunciar ante el Ministerio Público (Procuraduría) la violación a las normas convencionales vigentes y la afectación de los derechos de los trabajadores.
  4. Denunciar ante el órgano de control fiscal (Contraloría) sobre las irregularidades en la contratación de personal y nómina paralela con la que se suplanta funciones propias del personal de planta.
  5. Instaurar querella ante el Ministerio de Trabajo o las violaciones a la convención colectiva y a los derechos de los trabajadores.
  6. Denunciar ante los medios de comunicación y comunidad en general sobre las malas prácticas administrativas adelantadas por la gerencia del IBAL.
  7. Adelantar acciones de protesta pacífica, hasta tanto, se restablezcan las buenas prácticas administrativas, el respeto a la bilateralidad, buena fe y diálogo como mecanismo de resolución de las controversias laborales en procura del mejoramiento del clima laboral.
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