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4 Mar 2017 08:02 AM

¿Se va hoy de rumba? Así quedaron los horarios nocturnos para establecimientos de Ibagué

Alerta
Tolima

La Secretaría de Gobierno Municipal, por medio del decreto número 0147 del 27 de febrero de 2017, modificó los horarios de funcionamiento permitidos para los establecimientos nocturnos en la capital del Tolima.

De acuerdo con el decreto, los establecimientos comerciales en Ibagué solo podrán funcionar en los siguientes horarios:

-De domingo a miércoles, desde las ocho de la mañana y hasta la una de la madrugada.

-De jueves a sábado, y vísperas de festivo, de ocho de la mañana hasta las tres de la madrugada.

Asimismo, el decreto establece que estos horarios regirán para establecimientos comerciales con o sin ánimo de lucro cuya actividad pueda afectar la convivencia y el orden público.

Dentro del tipo de establecimientos que estipula el decreto aparecen las casas culturales, centros sociales privados o clubes que ofrezcan servicios o actividades de recreación, diversión, expendio o consumo de licor, salas de baile, discotecas y bares.

Otros establecimientos que deberán cumplir con la norma serán las tabernas, whiskerías, cantinas, karaokes, salas de masajes o cualquier tipo de espectáculo para sus asociados o para el público en general.