La Directora general del ICBF Juliana Pungiluppi dio a conocer la campaña ‘Fiesta Sin Pólvora’, la cual tiene el propósito de prevenir lesiones, heridas, intoxicaciones, mutilaciones o daños irreparables en los niños y niñas en el departamento del Tolima y a nivel nacional, quienes pueden ser afectados por el uso de la pólvora.Según el Instituto Nacional de Salud en cifras con respecto al mes de diciembre de 2017 y enero de 2018, se registró un total de 299 infantes y adolescentes heridos con estos elementos. Para el departamento del Tolima se evidenció 9 casos presentados, sin embargo, la región con más afectados fue Antioquia con 49 víctimas.
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Cabe resaltar a toda la comunidad tolimense que, dado la gravedad de las lesiones con pólvora, las autoridades tienen la competencia de iniciar los procesos sancionatorios a los padres o representantes legales, el cual puede ir desde una multa civil, tales como talleres comunitarios o de prevención, incluso una sanción de hasta 5 salarios mínimos legales vigentes.Le sugerimos leer: Estudiante de San Simón sacó el puntaje más alto del ICFES en colegios públicos de Ibagué
De este modo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar presenta los 5 pasos de la ruta de atención en cualquier caso de afectaciones con estos artefactos contra los niños niñas y adolescentes:- Cuando un niño, niña o adolescente resulte afectado con pólvora deberá ser llevado a una institución de salud para recibir la atención médica.
- El Instituto Nacional de Salud (INS) notificará el caso a los defensores del ICBF o los comisarios de familia que, como autoridades administrativas, verificarán los derechos del menor de edad afectado.
- Cuando se detecte vulneración de derechos del menor de edad lesionado con pólvora, el defensor de familia o comisario dará apertura al Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD) y dictará las medidas a que haya lugar.
- La autoridad administrativa podrá interponer la denuncia penal en contra de los representantes legales del menor de edad.
- En caso de fallecimiento, la autoridad administrativa deberá denunciar los hechos ante las entidades judiciales e iniciar la atención psicológica y social a la familia del menor de edad fallecido, al tiempo que realizará la verificación de derechos de los otros niños que se encuentren en el núcleo familiar, sí los hay.