Listo decreto que regula publicidad política para elecciones Presidenciales
La Alcaldía de Ibagué expidió el Decreto 0209 de 2018, por medio del cual se regula la publicidad política para la primera vuelta de las elecciones presidenciales que se realizarán el próximo 27 de mayo en el país.
Le sugerimos leer: El día del Tolima debe generar mayor sentido de pertenencia por el departamento
El Decreto establece que la Dirección de Espacio Público será la entidad encargada de regular la publicidad política electoral, como asignar los sitios en los cuales se instalarán hasta 8 vallas publicitarias.
Todos los partidos políticos, movimientos con personería jurídica o demás participantes en la jornada electoral podrán emitir hasta 25 cuñas radiales (30 segundos de duración) o avisos de prensa en los diferentes medios de la capital del Tolima.
Le sugerimos leer: Judicializado por talar árboles en zona protegida de Alvarado
Marco Emilio Hincapié, secretario de Gobierno manifestó. “Invitamos a los partidos y movimientos políticos para que revisen el Decreto y realicen las solicitudes para instalar publicidad electoral ante la Dirección de Espacio Público y Control Urbano”.
Le sugerimos leer: “Elecciones atípicas en Purificación se hacen si o si el 20 de Mayo”: Ricardo Orozco
Por otra parte, cada candidato podrá instalar hasta 30 pasacalles y 100 pendones en los sitios autorizados por la Secretaría de Gobierno.
Le sugerimos leer: Diputados celebrarán en distintos actos de particulares y de varios municipios “El día del Tolima"
“En el Decreto establecemos que, 48 horas antes de iniciar las elecciones, es decir, el 25 de mayo a las 8:00 de la mañana, debe estar retirada toda la publicidad política en la capital del Tolima”, agregó Hincapié.
Le sugerimos leer: Los POT uno de los tantos casos de corrupción en el país
El decreto también señala que no se permitirá instalar publicidad política en:
- Áreas no autorizadas en el Decreto.
- Zonas históricas, entidades públicas o inmuebles privados donde funciones oficinas públicas.
- Propiedad privada sin consentimiento del propietario.
- Infraestructura urbana: redes eléctricas, puentes, torres eléctricas, cajas telefónicas, parques, plazoletas, etc.
- Sector entre las calles 6 y 19 con carreras Primera y Octava.
- Viaducto del SENA
- Glorieta de Mirolindo.
- Glorieta calle 83.
Le sugerimos leer: Nuevamente se calientan los ánimos en la Asamblea departamental
“Los partidos o movimientos políticos (…) que instalen o fijen publicidad política sin permiso o en sitios no autorizados serán acreedores de multas equivalentes entre 1 y 5 salarios mínimos legales vigentes”, se lee en el Decreto.
Le sugerimos leer: No te pierdas la conferencia “Los espacios del capital y los conflictos territoriales en el Tolima
También le puede interesar:
- Sería una traición si las FARC incumplieron su palabra: Procurador
- “Por caso Santrich partido de la Farc perderá curul en el Congreso”: Vargas Lleras
- Primer encuentro círculo sistemático “Sanando lo Femenino”
- Banco de la República cree que economía del país mejorará este año
- “Estamos trabajando para ampliar recursos para las víctimas”: Alcalde de Cajamarca
- Secretaría de Salud entrega balance de la jornada de Vacunación
- Lista millonaria inversión en Megacolegio de San Antonio