Desde este jueves 13 de julio, entra en vigor la Ley de Procedimiento Abreviado o “de pequeñas causas” en el país, la cual está destinada para juzgar a personas que ocurrieron en delitos menores.
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Debido a la acumulación de más de 112 mil procesos en el Sistema Penal Acusatorio aplazados, se decidió por parte de la Fiscalía General de la Nación, implementar esta ley para juzgar más rápidamente los casos que no necesiten un proceso extenso.
Los delitos que entrarían a ser tratados con esta nueva ley serían las lesiones personales menores, discriminación, estafa, hostigamiento, administración desleal, hurto, abuso de condiciones de inferioridad, abuso de confianza, corrupción privada, delitos informáticos, utilización indebida de información privilegiada en particulares y ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitro rentístico, entre otros.
Como es de saberse, los procesos judiciales en el país disponen de cinco audiencias las cuales se pueden extender hasta más de 2 años, por lo que con la Ley de Procedimiento Abreviado, solo se realizarían dos audiencias para analizar las etapas del proceso y emitir una condena contra los responsables.
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De igual forma, en esta nueva normatividad, además de la reducción de tiempo del proceso, también se une la figura del acusador particular y la misma será definida por un juez penal, evitando que se congestione el sistema de justicia.
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