Vacunación en Colombia - Vacuna
Referencial suministrada a LA FM
1 Feb 2021 03:00 PM

Estas son las responsabilidades que deberán asumir alcaldes y gobernadores para vacunación del Covid-19

Katherine
Leal
Garantizar la logística, cadenas de frío, trasporte, seguridad y el fluido eléctrico, hacen parte de los compromisos.

A través del decreto 109 de 2021, el Gobierno Nacional estableció que los alcaldes y gobernadores del país tendrán la responsabilidad de garantizar la contratación del talento humano para la gestión y operación del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19.

En el documento final quedó eliminado el artículo que proponía que los mandatarios pudieran negociar directamente la compra de vacunas.  

 

 

En ese mismo sentido, el Ministerio de Salud será el encargado de identificar a las personas que serán vacunadas en cada etapa del Plan, además de suministrar las vacunas, jeringas para la aplicación de las mismas y el carné de vacunación.   

Dentro del decreto, el Gobierno estableció que las entidades territoriales departamentales y distritales deberán "garantizar la contratación del talento humano para la gestión y operación del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19, que incluye manejo de insumos, red de fría, sistema de información y acompañamiento técnico".

Los mandatarios deberán "garantizar la cadena de frío, el manejo de biológicos y los demás insumos para la vacunación contra el COVID-19, según las indicaciones del fabricante y los lineamientos nacionales del Programa Ampliado de Inmunizaciones, del Ministerio de Salud y Protección Social". 

También tendrán que "contar con el plan de contingencia ante fallas de fluido eléctrico u otro tipo de eventos que ponga en riesgo la seguridad de la vacuna, mientras esté en su custodia", lo cual representará un reto para las regiones apartadas del país, ya que también serán los responsables "del seguimiento a los reportes de pérdidas de cadena de frío y tomar las medidas correctivas en cada caso".   

Dentro de los compromisos se estableció que las entidades territoriales tendrán que "adquirir póliza de seguro todo riesgo para el amparo de las vacunas e insumos para la vacunación contra el COVID-19 mientras estos estén bajo su custodia. Así como contar con un contrato de mantenimiento anual preventivo y correctivo del centro de acopio". 

En el caso de que algunas de las dosis se pierdan o sean hurtadas, los funcionarios están en la obligación de "notificar por escrito de manera inmediata al Ministerio de Salud y Protección Social, la pérdida de vacunas o insumos del Plan Nacional de Vacunación; iniciar la correspondiente investigación administrativa por parte de control interno, o quien haga sus veces en la entidad implicada, de lo cual deberá enviar un informe al Ministerio de Salud y Protección Social". 

Además, se deberá "coordinar con la Fuerza Pública del territorio correspondiente, el plan de seguridad para garantizar la custodia de las vacunas contra el COVID- 19". 

El decreto también indica que otro de los compromisos es "asegurar el transporte para el traslado de vacunas e insumos del programa desde los centros de acopio municipales, así como coordinar con los aliados estratégicos (ICBF, DPS, Familias en Acción y otros socios del territorio) el cronograma de vacunación, promoción y difusión de la vacunación contra la COVID-19". 

Fuente
Sistema Integrado de Información