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5 Jul 2019 08:38 AM

Ministerio de Vivienda pierde demanda con el IBAL por convenio para primera fase del acueducto complementario

Alerta
Tolima

La Alcaldía y la empresa de acueducto y alcantarillado de Ibagué IBAL, según determinó fallo de segunda instancia del Tribunal Administrativo del Tolima, cumplieron con todas las obligaciones contractuales derivadas del Convenio de Apoyo Financiero N°. 059 del 25 de junio de 2007, en demanda interpuesta por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Hay que recordar que el pasado 20 de junio de 2019, el Tribunal Administrativo del Tolima se pronunció en primera instancia frente a la demanda interpuesta por el Ministerio de Vivienda,  contra el Municipio, donde se vinculó a la empresa por el presunto incumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Convenio de Apoyo Financiero N°. 059 firmado el 25 de junio de 2007, que tenía como objeto “apoyar financieramente al ente territorial con recursos de la Nación para la ejecución de proyecto "ACUEDUCTO COMPLEMENTARIO CON FUENTE ALTERNA PARA LA CIUDAD DE IBAGUÉ FASE I ETAPA I".

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En la demanda el Ministerio solicitaba se declarara el incumplimiento por parte del municipio y el pago de más de $3.900millones correspondiente a los recursos aportados por la nación, igualmente el pago de más de $1.200 millones por costos de la cláusula penal; asimismo el pago correspondiente al costo de oportunidad del dinero que permaneció inactivo.

En la demanda el Ministerio de Vivienda también solicitó liquidar el convenio y que se condenará en costas al IBAL como entidad accionada.

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Luego de la exposición de hechos, el trámite de procesal que se inició mediante auto fechado el 2 de septiembre de 2015, en el que se admite la demanda; así como el análisis de las pruebas presentadas por las partes en audiencias realizadas en el 2016 y las consideraciones de la sala como corporación competente para aprehender el conocimiento en primera instancia del asunto, el Tribunal Administrativo del Tolima fallo denegar las pretensiones de la demanda instaurada por el Ministerio de Vivienda, relacionadas con la declaratoria de incumplimiento por parte del municipio en el convenio, relacionadas con el reintegro de los dineros ejecutados.

Asimismo el Tribunal ordenó liquidar judicialmente el convenio celebrado el 25 de junio de 2007 entre el Ministerio de Vivienda y el municipio de Ibagué.

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Por último el fallo condenó en costas a la parte actora, a favor del municipio de llagué y del IBAL, para lo cual se fijó un (1) salario mínimo legal mensual vigente por concepto de agencias en derecho para cada una de las entidades demandadas, providencia que fue estudiada y aprobada en sala el pasado veinte 20 de junio.

“Así queda una vez más demostrado que esta administración asumió con gran responsabilidad la ejecución y proceso del proyecto “Acueducto Complementario con fuente alterna río Cocora”, que le seguirá cumpliendo a la ciudadanía y a los entes nacionales en la inversión responsable de los recursos que se han gestionado para seguir consolidando un proyecto que le ofrecerá seguridad en materia de suministro de agua a las presentes y futuras generaciones”. Aseguró el Gerente (e) del IBAL, Mario Alberto Casas.

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Voz. Mario Alberto Casas, Gerente (e) del IBAL.

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