21 Ago 2017 08:31 AM

Alcaldías del Tolima tendrán competencias para atender solicitudes de poda de árboles

Alerta
Tolima

Con el objetivo de garantizar la oportuna atención de los usuarios, Cortolima expidió la Resolución 1847 del junio 1º de 2017, que buscar dar celeridad al trámite de podas de manejo de silvicultura solicitadas por las comunidades urbanas.

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Teniendo en cuenta que la entidad presenta un alto volumen de solicitud para la autorización o permiso de podas de árboles ubicados en el espacio público, se hace necesario reglamentar este aspecto, para garantizar el manejo adecuado y oportuno del arbolado urbano.

En consecuencia, serán ahora las administraciones municipales del Tolima, quienes programen y ejecuten la poda de árboles que se encuentre en el espacio público de cada localidad, sin la necesidad de presentar solicitud ante Cortolima.

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Es decir, que sí un ciudadano desea hacer una solicitud de poda para una especie arbórea en zona publica, ahora deberá dirigirse hasta la alcaldía de su municipio y realizar allí la solicitud ante la oficina o dependencia pertinente.

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Recomendaciones:

Las podas deben realizarse por personal experto en este tipo de actividades, con equipos adecuados controlando, orientando el desarrollo de algunas de las partes del árbol y cumpliendo con objetivos concretos de manejo, sin poner en riesgo la permanencia de los individuos arbóreos, bajo la advertencia que, de no cumplir con las disposiciones técnicas específicas para este tipo de labores, se harán acreedores a las sanciones contempladas en la ley.

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Es de anotar, que las entidades territoriales solo están facultadas para permitir las podas de manejo silvicultural del arbolado urbano, pero Cortolima continúa siendo la entidad competente dentro del régimen de aprovechamiento forestal, para el otorgamiento de los permisos o autorizaciones de aprovechamiento forestal (tala) en sus distintas modalidades: único, de árbol aislado, doméstico y persistente de guadua.

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Para efecto de podas del arbolado dentro de conjuntos residenciales, estas deben ser solicitadas mediante autorización a Cortolima, por ende, los Municipios no tendrán competencia para realizar dichas labores silviculturales.

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Para los árboles que generen un riesgo inminente para la población, tanto en área urbana como rural; estas autorizaciones o permisos los otorga Cortolima, pero considerando que, en algunos momentos, la situación amerita una reacción inmediata, los usuarios podrán acercarse al comité Municipal de Gestión del Riesgo de cada localidad, quienes están facultados para otorgar este tipo de permiso, del cual dejarán constancia mediante acta y registro fotográfico, antes y después de ejecutada la labor.

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